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Rechazado el recurso de José Antonio Griñán y Gaspar Zarrías para evitar el juicio por el caso ERE

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El magistrado de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla Álvaro Martín ha determinado que en este momento no ha lugar a la nulidad del auto en el que se acuerda apertura de juicio oral contra los acusados en el procedimiento específico del caso ERE, que investiga expedientes de regulación de empleo presuntamente irregulares por parte de la Junta de Andalucía.

Rechaza, por tanto, el recurso que habían presentado las defensas del expresidente de la Junta de Andalucía y el exconsejero Gaspar Zarrías para evitar el juicio alegando que se incluía un delito inventado por el PP. En concreto, aludían que se incluía el delito de asociación ilícita contra varios acusados. Este delito no fue objeto de la investigación y sólo se ha incluido a petición del PP en el citado momento procesal, “sin que los acusados hayan tenido derecho a defenderse de la misma en fase de instrucción”, según sostenían sus letrados. “No se puede tolerar que una de las acusaciones, aunque sea la del PP, se permita incluir en la acusación hechos nuevos”, defendía el incidente de nulidad presentado por una de las defensas.

Sin embargo, el auto del juzgado conocido este viernes apunta que “como señala la ley, contra el auto de apertura de juicio oral (acordado el pasado 3 de noviembre) no cabe recurso, y cuestiones como la que ahora se plantea pueden ser reproducidas ante el órgano de enjuiciamiento” cuando empiece el mismo.

El juez indica en su escrito que “las partes tienen la posibilidad de calificar los hechos objeto de la instrucción del modo que consideren técnicamente oportuno, sin quedar condicionadas por el criterio adelantado en el auto de transformación”. Por ello, recuerda que “en este caso, se califica por hechos investigados, instruidos e imputados al recurrente, que no puede alegar indefensión al respecto, teniendo oportunidad de defenderse de estas calificaciones en el acto del juicio oral”.

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