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UGT Andalucía no tendrá que devolver un millón de euros por el programa Orienta de 2009

UGT-Andalucía pide a sus delegados que pasen "a la ofensiva" en la negociación colectiva

Europa Press

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso presentado por UGT-A contra una resolución de la Junta de Andalucía donde se reclamaba al sindicato el reintegro de más de un millón de euros correspondientes al Programa de orientación profesional Orienta de 2009, de forma que esa resolución sobre dicho expediente de reintegro queda anulada.

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se recuerda que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Sevilla estimó parcialmente el recurso presentado por UGT-A contra una resolución del Servicio Andaluz de Empleo, de forma que el juez anulaba parcialmente dicha resolución, al anular el reintegro de 862.337,73 euros relativos a gastos sin las tres oferta de proveedores, mientras que el juzgado confirmaba el reintegro de 198.725,4 euros relativo a la póliza de seguro contratada con Generali, todo en relación con la ayuda de más de 5,7 millones de euros del Programa Orienta 2009.

Contra esta resolución del juzgado, las dos partes, Junta y sindicato, presentaron recurso, que ahora el TSJA ha fallado en favor de UGT-A, desestimando a su vez el recurso de apelación formulado por la Junta.

De esta forma, el TSJA declara la nulidad de la resolución del SAE en relación con los expedientes de reintegro de la ayuda a UGT-A por el Programa Orienta relativa a 2009 para la implantación de unidades de orientación profesional. No se imponen costas, según esta sentencia, contra la que cabe recurso de casación.

En su recurso, UGT-A había lamentado que existía una “proscrita causa general” contra el sindicato, pese a ser “uno de los 34 expedientes incoados”, todo ello “en base a noticias sensacionalistas publicadas en los medios (...) que han dado lugar a una 'inquisitio generalista', determinante de una absoluta indefensión”. Además, el sindicato argumentaba la “nulidad de pleno derecho” del reintegro acordado.

Por su parte, la Junta mostraba su conformidad con la sentencia inicial en la parte que anulaba la resolución recurrida de reintegro de los gastos producidos sin previa oferta de proveedores.

Ante estos recursos, el TSJA ha indicado que no encuentra “razón alguna para la apreciación” de que existe una “causa general” contra el sindicato, toda vez que “los medios se han hecho eco de supuestas conductas fraudulentas en la concesión de ayudas por parte de la Administración autonómica a UGT”, pero deja clara que la emisión de noticias sobre ese hecho “no sólo justifica que por parte de la Administración otorgante de las ayudas públicas inicie los procedimientos para averiguar las circunstancias de cada una de las subvenciones, sino que incluso constituye un deber para remediar las perniciosas consecuencias para el erario público de esa presunta actuación fraudulenta”.

La sentencia del TSJA apunta que “sí existió una labor previa de verificación” por parte de la Junta, de manera que el sindicato “presentó en 2010 los documentos justificativos del gasto de las ayudas concedidas y una vez realizadas las comprobaciones oportunas se comprueba que no justifica el total de las ayuda, por lo que el importe final validado pasa de 5,7 millones de euros a 5,2 millones, aunque tras un posterior recurso el importe validado final pasó a 5,3 millones.

De esta forma “hay un reconocimiento explícito de la existencia de una anterior labor de justificación y fiscalización del gasto y cumplimiento derivado de las exigencias dictadas en la normativa general en materia de subvenciones”.

Así, “la Administración ya ha comprobado que la actividad se ha desarrollado que el gasto que se dice ha sido adecuado y plenamente justificado, liquidando definitivamente la subvención”, por lo que, según el TSJA, “no resulta procedente que con posterioridad, más de dos años después, el SAE inicie el llamado 'expediente de información reservada', dirigido a justificar que los gastos han sido correctos y acordes con la finalidad de la actividad subvencionada”.

“No cabe volver a lo ya resuelto sin seguir el procedimiento de revisión de oficio, pues la Junta ya había llevado anteriormente su labor fiscalizadora y de comprobación, y no cabe regresar sobre tal cuestión, y practicar una nueva liquidación que venga a sustituir a la anterior, sin poner en marcha el procedimiento legalmente previsto para la revisión de actos administrativos”.

VALORACIÓN DE UGT-A

Por su parte, el sindicato destaca que el TSJA estima su recurso del Programa Orienta 2009, “y confirma que no hubo intrusos, ni irregularidad en las subvenciones”, valorando además que el sindicato no tendrá que reintegrar ninguna cantidad.

Ha recordado que este programa, objeto de resolución de reintegro, “ya fue objeto de sentencia en una primera instancia, sentencia que si bien anulaba gran parte del importe a reintegrar, y que esta organización consideró un gran logro, mantenía los gastos relativos a la póliza de seguro que tantas noticias ha venido alimentando en estos últimos años”.

Respecto a los indicios de delito apreciados en la póliza, y que dieron lugar a la incoación de diligencias previas ante los juzgados de instrucción de Sevilla, las mismas, una vez practicadas las diligencias de investigación pertinentes “fueron sobreseídas y archivadas en el mes de diciembre del pasado año, hecho este ignorado por todos aquellos que veían corroboradas sus informaciones con la sentencia de primera instancia”, ha añadido el sindicato.

Por ello, valora que la sentencia del TSJA “ha estimado íntegramente el recurso presentado por UGT-A, declarando la nulidad de la resolución de reintegro del programa Orienta 2009, en todos sus aspectos”.

“Hoy podemos reafirmar, porque así lo han corroborado los órganos judiciales, el desacierto de los que hacían referencia a la inclusión de intrusos en el programa Orienta 2009; hoy podemos reafirmar, porque así lo han corroborado los órganos judiciales, que ningún delito se cometió por parte de esta organización en el programa Orienta 2009”, ha aseverado la central sindical.

“UGT-A ha sufrido una campaña sistemática de desprestigio por parte de algunos que han faltado a la verdad y a la presunción de inocencia, cuyos argumentos ahora se desmoronan”, se lamenta el sindicato, que reconoce que esta organización “nunca podrá ser resarcida del daño producido”. “Seguiremos reclamando consideración hacia la presunción de inocencia de esta organización y de aquellos que han formado parte de la misma, y respeto a las instancias judiciales”, ha añadido.

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