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La juez acuerda excluir a los ex directores generales Guerrero y Márquez de una pieza separada de los ERE

La juez acuerda excluir a los ex directores generales Guerrero y Márquez de una pieza separada de los ERE

EUROPA PRESS

SEVILLA —

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, ha acordado la exclusión de la pieza separada por las ayudas a Azucareras Reunidas de Jaén a los ex directores generales de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Junta Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, así como ha decretado el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto al exdirectivo de la mediadora Vitalia Antonio Albarracín.

La exclusión de Guerrero y Márquez en esta pieza separada por las ayudas a Azucareras Reunidas de Jaén se suman a las ya decretadas por la juez Núñez para el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá y el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, en línea con el auto de 4 de mayo de 2017 de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla que abría el camino para que los ex altos cargos de la Junta de Andalucía procesados en la pieza 'política' de los ERE, dirigida entre otros contra los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, no puedan ser imputados ni procesados en ninguna otra de las piezas separadas en que se divide la causa.

En un auto, fechado el 16 de enero de 2018 y al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada recuerda que en esta causa se investiga un presunto delito de malversación y prevaricación imputables a Guerrero, quien comprometió más de dos millones de euros de fondos públicos al pago de parte de la primera de una póliza, como así consta en un escrito remitido por él en fecha de 4 de octubre de 2006 directamente a Vitalia, no constando la firma de convenio de colaboración alguno ni con la empresa ni con la Agencia de IDEA; a Márquez, quien como director general de Trabajo dictó de resoluciones ordenando el pago de 165.099,81 y 166.692,09 euros a la Agencia IDEA para sufragar plazos pendientes de la prima suscrita; o Agustín Barberá, viceconsejero de Empleo que dio el visto bueno a las órdenes de pago anteriores; y Antonio Fernández, consejero de Empleo en las fechas en las que la Dirección General de Trabajo asumió los compromisos y ordenó los pagos anteriores derivados de las pólizas firmadas por la empresa con el visto bueno de Barberá --los cuatro ya excluidos de esta pieza separada--.

También se encuentran imputados en esta causa el ex director general de Empleo Daniel Rivera, por dictar otras dos resoluciones continuando con el pago de 100.000 y 400.076,27 euros a la Agencia IDEA para sufragar plazos pendientes de la prima suscrita; y Ramón Díaz, asesor entonces de la Dirección General de Trabajo que participó en reuniones sobre la situación de la empresa con indiciario conocimiento de las irregularidades existentes en la financiación pública de las pólizas contratadas por la empresa.

Por último, aparecen en esta causa como imputados el exdirectivo de Vitalia Antonio Albarracín, quien participó en las negociaciones, contratación y cobro de las pólizas derivadas del ERE de la empresa Azucareras Reunidas de Jaén; Álvaro Alonso de Rivero, director de recursos humanos de la empresa y participante en las negociaciones de los ERE y obtención de la ayuda pública de la Junta; y el administrador de la empresa y jefe de personal participante en las negociaciones, Francisco Javier Benito Alonso.

AUTO DE LA SECCIÓN SÉPTIMA DE LA AUDIENCIA

La magistrada, en su auto, señala que el escrito de la defensa de Albarracín en el que se solicita el archivo y sobreseimiento de la causa para éste se argumenta en la no intervención del exdirectivo de Vitalia en la gestión de la póliza suscrita y, de otro lado, en “la aplicación de las consecuencias procesales de lo resuelto en el auto de 4 de mayo de 2017 de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial”.

En el citado auto, la Sección Séptima de la Audiencia estima el recurso presentado por el abogado del exdirector general de la agencia IDEA, Jacinto Cañete, tras ser incluido en la pieza separada por la ayuda de 880.000 euros concedida en los años 2008 y 2009 a la empresa 'Bética Industrial' después de ser procesado en la pieza 'política' de los ERE.

Según las fuentes judiciales consultadas por Europa Press, la decisión adoptada por la Audiencia --que tiene pendiente de resolver otro recurso idéntico presentado por el exconsejero de Empleo Antonio Fernández-- podría suponer “un antes y después” en la causa.

A su juicio, “de consagrarse la misma tesis para el resto de altos cargos concedentes, lo cual es previsible pues los argumentos son transversales, podríamos estar ante un vuelco en el diseño conceptual del caso ERE, dado que ningún alto cargo sería procesado ni enjuiciado en ninguna de las piezas separadas”.

Por ello, la juez Núñez en el auto de 16 de enero de 2018 sobre la ayuda a Azucareras Reunidas de Jaén expone que “en la misma línea y argumentación y de conformidad” con lo sostenido por la Audiencia resulta “adecuado” excluir a Márquez y Guerrero.

En este sentido, la magistrada ha argumentado que, “si examinamos los hechos que se enjuician en el llamado 'procedimiento específico' --que se juzga en la Sección Primera de la Audiencia y en los hay encausados 22 ex altos cargos de la Junta, entre ellos José Antonio Griñán y Manuel Chaves-- con respecto a Márquez y los que se investigan en esta pieza separada, podemos afirmar, al igual que la Sección Séptima de la Audiencia, que a Márquez se le enjuicia en el 'procedimiento específico' por el total de las ayudas, tanto sociolaborales como directas en las que intervino como director general de Trabajo durante los años 2008 y 2010, concediendo 114 ayudas sociolaborales y 17 ayudas directas a empresas a pesar de que carecía de competencias para su concesión, en las que se encuentran las que se dieron a Azucareras Reunidas de Jaén.

En el caso de Guerrero, la juez Núñez reitera su argumentación, precisando en este caso que éste como director general de Trabajo durante los años 2008 a 2010 intervino concediendo 617 ayudas sociolaborales y 270 ayudas directas a empresas, entre las que se encuentran las investigadas en esta pieza separada.

ALBARRACÍN

La juez señala en el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, que de las diligencias practicadas en este causa “no se evidencia participación alguna” a Albarracín en las negociaciones, contratación y cobro de las pólizas derivadas del ERE 18/2000 de la empresa. Además, en las manifestaciones de los investigados --Daniel Rivera, Ramón Díaz, Álvaro Alonso de Rivero o Benito Alonso-- y en las testificales “no aparecen mención alguna” al exdirectivo de Vitalia.

Por todo ello, concluye que “ninguna participación, responsabilidad o relevancia puede tener la actuación de un directivo de Vitalia en la forma de tramitar una subvención por parte de la entidad pública y mucho menos en la procedencia del erario público destinado a dicha subvención”, por lo que decreta el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto a Albarracín.

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