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En Abierto es un espacio para voces universitarias, políticas, asociativas, ciudadanas, cooperativas... Un espacio para el debate, para la argumentación y para la reflexión. Porque en tiempos de cambios es necesario estar atento y escuchar. Y lo queremos hacer con el “micrófono” en abierto.

El derecho a molestar

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Joaquín Urías

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La libertad de expresión es uno de los derechos más difíciles de aceptar de la Constitución. Todos quieren invocarlo a su favor pero casi nadie lo acepta en su contra. No es sólo que tengamos escasa capacidad de aceptar críticas, sino que nos duele especialmente que se difundan ideas u opiniones que creemos equivocadas. Es algo generalizado y es, sin duda, la tragedia de la libertad de expresión. Cuando condenan a una tuitera por hacer humor negro con un almirante fascista, o investigan a anarquistas por ridiculizar las procesiones de semana santa, o persiguen a un concejal que ridiculiza la mitificación de las víctimas del terrorismo lo que ofende, en esencia, es la diferencia. Lo que molesta es que alguien discrepe de nuestros valores. Por un extraño deseo de imponerlos parece que nos molesta que alguien no respete lo que nosotros mismos respetamos. Nos duele que alguien se ría de lo que consideramos importante.

Y sin embargo la libertad de expresión se garantiza prácticamente en todas las constituciones del mundo desde finales del siglo dieciocho. Pero no es el derecho a decir cosas que agraden a la mayoría, ni mucho menos al poder. Halagar a quien manda o difundir ideas que todo el mundo acepta puede hacerse sin necesidad de un derecho fundamental. Uno sólo necesita protección si se atreve a decir cosas que molestan a la mayoría. La libertad de expresión existe precisamente para asegurar que se puedan emitir opiniones desagradables, minoritarias, dolorosas o injustas. Sólo para eso.

Frente al reconocimiento constitucional de la libertad de expresión es habitual insistir siempre en que tiene límites. Y sucede con demasiada frecuencia que lo que se quiere decir con ello es que uno puede hacer valer cualquier convicción propia como límite de la libre expresión de los demás. Pero no es así. El reconocimiento de la libertad de expresión tiene un sentido constitucional y democrático y sólo cuando se desvíe de ese sentido podrán imponérsele límites. En concreto, la libertad de expresión es el derecho que permite que la democracia representativa no sea una mera fachada; las elecciones sólo son expresión de democracia si antes se permite el libre intercambio de ideas y críticas sobre el funcionamiento de la sociedad, para que cada cual pueda formarse libremente su criterio político. Al mismo tiempo, la democracia exige la posibilidad de controlar al poder y el derecho de los ciudadanos a estar informados de cómo se ejerce y a criticar el modo en que se hace.

De esta manera, sólo pueden prohibirse las expresiones que no aporten ningún elemento al debate político, las que de ninguna forma colaboren a formar la opinión pública sobre temas de interés general. En los Estados Unidos esto se concreta claramente en dos únicos tipos de expresiones prohibidas: los insultos, que se dicen con la única intención de humillar al contrario y la incitación a la violencia que pone en riesgo de modo cierto e inminente la vida o la seguridad ajena. Nada más. La quema de una bandera norteamericana, los desfiles nazis o el humor ácido sobre las víctimas de un atentado no pueden ser allí castigados de ninguna manera, porque expresan un debate político y son, por ello, actos protegidos por la Constitución.

En España, en los últimos tiempos, sufrimos una ola represiva contra la libertad de expresión. Aunque parezca contradictorio, las bases teóricas de esta tendencia las pone la izquierda política. En nuestro país, más que en ningún otro de nuestro contexto, ha calado una idea falsamente progresista de tolerancia que apela a la persecución penal de la intolerancia y el odio. La esencia de ese pensamiento es que no debe estar permitido expresar públicamente rechazo contra colectivos tradicionalmente discriminados. Se reclama del Estado que se persiga a todo intolerante que apoye las dictaduras, que no acepte la igualdad de género, que niegue el derecho a la libre identidad sexual, que considere inferiores a determinadas religiones o razas. Esta exigencia responde a un convencimiento de que se trata de valores absolutos que todo el mundo debe compartir. Pero detrás de ello está el convencimiento –tal vez inconsciente- de que la represión penal es la manera de cambiar la forma de pensar de los intolerantes y volver demócratas progresistas a quienes no lo son. En definitiva, se trata de imponer unas ideas que se consideran razonables y perseguir otras que se ven como dañinas.

Así, se ha conseguido introducir en el código penal un artículo que persigue a quien provoque odio. Como si el odio fuera un sentimiento que se pueda excluir del debate ideológico. Es el complemento ideal del, de por sí nefasto, delito de enaltecimiento terrorista, que persigue a quien no condene suficientemente a determinados terroristas. Por no hablar de la protección de las víctimas de algunos delitos, que se quiere alcanzar prohibiendo el debate sobre qué debe ser o no delito y otorgando al dolor capacidad de legislar. Al de determinadas víctimas, nada más. Son todos delitos de opinión que no persiguen los casos en los que se usa la expresión para causar deliberadamente un daño (como sucede con la injuria) sino la mera difusión de ideas políticas “desviadas”.

Resulta, sin embargo, que este modo de argumentar -propio de sistemas totalitarios- necesita para su realización de un sistema judicial que se encargue de identificar las expresiones de odio o intolerantes y castigarlas. Y sucede entonces que el código penal lo aplican jueces y fiscales que no siempre comparten la misma ideología progresista. Y claro, ellos ven odio en una tuitera que se atreve a reírse de la muerte de carrero Blanco en un feliz atentado terrorista. Y ven intolerancia religiosa en una procesión feminista que pasea un coño de plástico bajo el arco de la macarena. Igual que pueden ver apología del totalitarismo en una manifestación comunista. Porque los delitos de odio y opinión sólo pueden juzgarse desde la propia ideología. No es consecuencia de que los jueces sean de derechas –que lo son- sino del afán de prohibir ideologías.

La realidad es que dar a los jueces y tribunales el poder de decidir qué ideologías pueden difundirse libremente y cuáles han de estar excluidas del debate público es un disparate. Pero el mayor disparate es pensar que puede construirse una sociedad democrática en la que nadie tenga la facultad de decidir qué ideas son apropiadas y cuáles no. La opinión pública democrática debe formarse a través de una discusión libre en la que no pueda perseguirse ninguna idea. Si alguna religión siente dolor al ver que otros ríen de cosas que a ella le parecen serias, es un dolor que tiene que superar. Y si la víctima de un delito sufre cuando alguien pide que se cambien las leyes, pues tendrá que acostumbrarse a ese sufrimiento. Porque lo que está en juego no es cómo se siente nadie ante las ideas ajenas, sino la esencia misma de la democracia.

El derecho a intercambiar opiniones libremente es el motor de cambio que permite la evolución de la sociedad abierta. Y aprender a vivir rodeados de opiniones que nos parecen odiosas el único aprendizaje real de la tolerancia. Lo otro no es sino el inicio, suave y disimulado, del totalitarismo.

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