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C's Sevilla impugna el nombramiento de Blas Ballesteros en el Consorcio Provincial de Aguas

Millán insiste en el "postureo" de Espadas con la consulta de la Feria y propone hacerla de Altadis o Gavidia

EUROPA PRESS

SEVILLA —

Ciudadanos ha interpuesto un recurso de reposición ante el Consorcio Provincial de Aguas, dependiente de la Diputación de Sevilla, avisando de que el nombramiento del exconcejal socialista Blas Ballesteros como nuevo gerente de dicho organismo es “nulo de pleno derecho, al no cumplir los requisitos exigidos” en la convocatoria oficial del puesto. Dado el caso, Ciudadanos pide revocar la contratación, declarar “desierta la convocatoria” de la plaza de gerente y promover un nuevo procedimiento.

En su recurso de reposición, recogido por Europa Press, Ciudadanos reconoce que las bases de la convocatoria pública promovida por el Consorcio Provincial de Aguas para contratar a un nuevo gerente hacen referencia al Reglamento Orgánico de la Diputación de Sevilla. Dicho reglamento recoge de un lado que “el nombramiento del personal directivo de la Diputación del artículo 53 c) deberá efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional”.

Pero por otro lado, este reglamento también estipula que “excepcionalmente, de manera motivada, atendiendo a las características específicas de las funciones del puesto, el presidente podrá incluir como requisito de acceso en la convocatoria la de tener la condición de personal laboral fijo de las administraciones públicas en puestos que requieran titulación superior o con contrato de alta dirección, o bien se trate un profesional del sector empresarial público o privado, titulado superior en todo caso, con experiencia en funciones directivas o gerenciales”.

Ciudadanos, en ese sentido, señala que se ha “constatado que Blas Ballesteros no ostenta la condición de funcionario, requisito de acceso exigido en la convocatoria”, toda vez que “para admitir candidatos que no tuvieran la condición de funcionarios, es requisito imprescindible que por parte del presidente de la Diputación se resuelva motivadamente a favor de dicha excepción, y se incluya como requisito de acceso en la convocatoria, extremo que no se ha verificado en la meritada convocatoria”.

RIGE “LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL BOP”

“Pese a que en la resolución recurrida se sobreentiende que se tuvo en consideración lo especificado en el Reglamento Orgánico de la Diputación, al no constar en la convocatoria como requisito de acceso el tener la condición de personal fijo de las administraciones públicas (...), una vez aprobada esta posibilidad por parte del presidente, la valoración de los méritos de Ballesteros en relación a la convocatoria publicada en el BOP no es conforme a derecho y reafirma la nulidad absoluta del nombramiento”, argumenta el recurso de reposición de Ciudadanos.

Así, Ciudadanos concluye que “el nombramiento efectuado es nulo de pleno derecho, al no cumplir los requisitos exigidos” en la propia convocatoria. Por ello, pide revocar la contratación de Ballesteros, “declarando desierta la convocatoria de la que deriva dicha contratación, y se apruebe una nueva convocatoria para cubrir el puesto de gerente”.

Al respecto, el portavoz de C's en la Diputación de Sevilla, Javier Millán, ha manifestado en rueda de prensa que esta convocatoria ha sido “irregular, hecha deprisa y corriendo, con sólo cinco días para presentar las candidaturas, un plazo tremendamente exiguo y sin ninguna urgencia que lo justificara”.

Millán ha criticado “la negativa” de la Diputación a su solicitud de acceder al expediente de contratación de Ballesteros, asegurando que dicha documentación fue obtenida a través del representante de Ciudadanos en el Consorcio de Aguas, precisamente en el despacho del propio Ballesteros, quien de su lado habría “denegado ver el expediente hasta sólo un día antes de cumplirse el plazo legal para presentar el recurso”. Todos los indicios, según Millán, confirman el traje a medida hecho por el PSOE a Ballesteros“.

EL NOMBRAMIENTO DE BALLESTEROS

A través de una resolución emitida el pasado 5 de julio por la Vicepresidencia del Consorcio Provincial de Aguas y recogida por Europa Press, se detalla que la junta general del consorcio aprobó el 27 de abril las bases correspondientes a la contratación de un gerente, con un plazo de cinco días para la presentación de las candidaturas.

En dichas bases figura como “requisito de acceso” al puesto ostentar la condición de “funcionario de carrera del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades locales o funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificadas en el subgrupo A1, con la licenciatura en Derecho o grado equivalente”. No obstante, las bases señalan como se ha detallado lo estipulado en el Reglamento Orgánico de la propia Diputación.

Respecto a los currículos, según las bases del procedimiento de contratación, se valoraban “las distintas titulaciones universitarias cursadas”; “másteres o cursos superiores impartidos por administraciones públicas o entidades privadas con homologación, patrocinio o coparticipación, relacionados con la temática referida a Administraciones Públicas y la gestión de servicios públicos e instituciones sociales; y ”la experiencia en puestos de dirección, gestión o coordinación en las Administraciones Públicas“.

“Sólo una solicitud se ha presentado en tiempo y forma”, resuelve en ese sentido la Vicepresidencia del Consorcio Provincial de Aguas, detallando que fue “inadmitida” una solicitud distinta, “al haberse comunicado fuera del plazo” habilitado en el procedimiento de contratación.

Dado el caso, la Vicepresidencia de este organismo resuelve nombrar como gerente del mismo a Blas Ballesteros, determinando que “las funciones y naturaleza, el régimen y derechos del citado puesto, así como sus retribuciones, que ascienden a la cuantía anual de 69.800,00 euros, serán las establecidas en el artículo 55 del Reglamento Orgánico de la Diputación para los gerentes de sus entes instrumentales”.

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