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Unidos por Almadén pide la dimisión de la alcaldesa por la contratación “unilateral” de un familiar

Unidos por Almadén pide a la alcaldesa que dimita por su juicio por la contratación "unilateral" de un familiar

Europa Press

El Grupo de concejales de Unidos por Almadén en el Ayuntamiento de Almadén de la Plata (Sevilla) ha reclamado este miércoles la dimisión de la alcaldesa, Felicidad Fernández (PSOE), a cuenta del juicio que afronta por un presunto delito de prevaricación derivado de la contratación de dos personas supuestamente de manera “unilateral” y “sin procedimiento alguno”, tratándose una de estas personas de un familiar de la primer edil.

José Carlos Raigada, portavoz municipal de Unidos por Almadén, ha señalado a Europa Press que en el juicio fijado para el 26 de junio contra la alcaldesa del municipio, Felicidad Fernández afronta cargos “muy graves”, con lo que en su opinión, la primer edil “debería haber dimitido al día siguiente de haber sido destapado el embrollo de las contrataciones”.

Del mismo modo, ha invocado el propio “código ético” del PSOE, porque “si ella no dimite” pese al juicio previsto en su contra por un presunto delito de prevaricación, a su entender el partido debería tomar medidas y apartarla de su cargo. No obstante, ha criticado que el PSOE haya “intentado ocultar la apertura de juicio oral” contra Felicidad Fernández.

Del mismo modo, ha criticado que la primer edil sólo asista al Ayuntamiento “cuando le interesa”, recordando que cuenta con un “puesto de libre designación en la Diputación Provincial”, gobernada por mayoría absoluta por el PSOE. Así, ha manifestado que más allá de su situación judicial, la alcaldesa debe dimitir porque su gestión “es un caos”.

CONTRATACIONES DÍAS DESPUÉS DE LLEGAR AL PODER

La causa judicial deriva de la denuncia formulada por la propia Fiscalía en octubre de 2015, después de que los concejales de Unidos por Almadén elevasen al Ministerio Público las mencionadas contrataciones, realizadas por Felicidad Fernández poco después de desembarcar en la Alcaldía al ganar por mayoría absoluta las elecciones municipales de 2015.

Fruto de la denuncia de la Fiscalía, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra abrió las correspondientes diligencias, tomando declaración a la alcaldesa en calidad de investigada, examinando los dos contratos de trabajo en cuestión y tomando declaración como testigo al secretario interventor del Ayuntamiento de Almadén.

Después de practicar las citadas diligencias, la citada instancia judicial emitía el 1 de marzo de 2016 un auto recogido por Europa Press, ordenando la continuación de la causa por el trámite del procedimiento abreviado.

En dicho auto, la juez instructora consideraba que de la investigación de los hechos “se desprende que Felicidad Fernández, en su condición de alcaldesa de Almadén de la Plata desde el 13 de junio de 2015, contrató el 19 de junio de 2015 a J.O.F., familiar suyo, para que prestase servicios en el Ayuntamiento como agente de dinamización juvenil, firmando un contrato laboral de duración determinada”, y tres días después contrató a J.A.B.V. “como coordinador del proyecto Ribete a jornada completa, cuando la subvención base del contrato era para un contrato a media jornada”.

CONTRATACIONES “UNILATERALES”

“Estas contrataciones se llevaron a cabo por la señora alcaldesa de forma unilateral y sin sujeción a procedimiento administrativo alguno”, exponía la juez instructora en su auto de procedimiento abreviado, apreciando un posible delito de prevaricación administrativa.

A partir de ahí, fuentes judiciales han informado a Europa Press de que después de que la causa fuese remitida el pasado mes de noviembre para su correspondiente reparto y enjuiciamiento, el asunto ha recaído en el Juzgado de lo Penal número siete de Sevilla, que ha fijado la vista oral para el próximo 26 de junio a las 11,30 horas.

Recientemente, por cierto, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Sevilla emitía una sentencia contra el Gobierno local de la socialista Felicidad Fernández, declarando que había “infringido el derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos” por su “inactividad” respecto al pleno ordinario que correspondía celebrar el 14 de junio de 2017 y que no fue convocado para dicha fecha.

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