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Criticar a una jueza en las cartas al director de un diario es delito

El Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo

Óscar F. Civieta / Óscar F. Civieta

  • Los portavoces de la Plataforma Aguilar Natural publicaron una carta en el Diario de Teruel criticando que una jueza sentenciara a favor de la empresa WBB-Sibelco en el litigio que esta mantenía con el Ayuntamiento de Aguilar de Alfambra (Teruel), por haberle denegado este el permiso para explotar una mina de arcilla.

La historia que llevará a Ivo Aragón y Sergio Benítez a presentar un recurso en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo comenzó a fraguarse en 2008. En aquel momento, la empresa WBB-Sibelco (actualmente Sibelco Hispania) solicitó al Ayuntamiento de Aguilar de Alfambra (Teruel) una licencia para explotar una mina de arcilla a cielo abierto en esta localidad turolense.

El Consistorio denegó la licencia, tras solicitar el informe de un arquitecto urbanista y una abogada urbanista, alegando que la empresa debía pasar una evaluación de impacto medioambiental que estaba fuera de las competencias de ese Ejecutivo municipal. WBB-Sibelco recurrió entonces al Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Teruel y, en diciembre de 2009, la jueza María Elena Marcén dio la razón a la compañía.

Para ello, según Ivo Aragón, se basó en un peritaje “repleto de inexactitudes”, que seguía “las mismas tesis usadas por la empresa para justificar que no era necesario superar ese examen de impacto ambiental”.

El activista dice, por ejemplo, que el perito, en una de las preguntas de la magistrada, concluye que no hay agua subterránea afectada, mientras que en la cuestión anterior adjunta una columna estratigráfica de un sondeo en el que se comprueba que a los 24 metros de profundidad hay agua.

Disconformes por completo con el documento pericial, presentaron una denuncia en la Fiscalía de Medio Ambiente de Teruel. De ahí pasó a la Fiscalía General del Estado y un técnico redactó un informe en el que se decía que el peritaje tenía “múltiples lagunas” y que no podía “ser tenido en cuenta”.

La decisión judicial impelió a los dos activistas (como representantes de la Plataforma Aguilar Natural) a escribir una carta y publicarla en el Diario de Teruel. A partir de ahí el asunto comenzó a intrincarse hasta cotas incomprensibles para Aragón y Benítez.

Multa de 4.800 euros e indemnización de 3.000

Tal y como explica Ivo Aragón, la Fiscalía entró de oficio. En julio de 2012 tuvo lugar la vista oral y el Juzgado de lo Penal número 1 de Teruel condenó a los activistas, “por injurias graves hechas con publicidad”, a pagar 2.400 euros cada uno en concepto de multa y 3.000 euros como indemnización para la magistrada. Además se obligó a publicar la sentencia en el Diario de Teruel, lo que les supuso otro desembolso de casi 3.000 euros.

Aragón recuerda que en la vista oral, “el único argumento esgrimido por el fiscal fue apelar a la hombría de los escritores: 'Sean hombres, sean valientes y confiesen'”, asegura que les espetó.

Antes, en el periodo de instrucción, la Fiscalía señaló que la Plataforma no era responsable civil subsidiaria y que los únicos culpables eran los firmantes. A colación, el presidente de la Plataforma, Chuse Luis Paricio, declaró en el juzgado que estos solo actuaron como portavoces, que la carta estaba consensuada y que si tenían que pedir disculpas lo harían. No valió de mucho, ya que, en enero de 2013, la Audiencia Provincial ratificó el fallo. La razón: “Hay intención gramatical de injuriar”.

Recurso de amparo al Tribunal Constitucional

Meses después, los condenados decidieron elevar un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, al considerar que les habían lesionado en un derecho recogido por la Carta Magna como es el de libertad de expresión.

La Fiscalía de este Tribunal les dio la razón alegando que no había nada que se pudiera considerar injurioso. El asunto pasó entonces a los votos particulares de los jueces. Ivo Aragón recuerda que es “rarísimo” que en un asunto penal se produzcan votos particulares. Lo más habitual, comenta, es que el Tribunal emita un voto por unanimidad.

Pero no fue así, y el Constitucional ratificó la condena con tres votos a favor y dos en contra. El ponente fue el presidente, Francisco Pérez de los Cobos. El argumento básico planteado por los magistrados que votaron la desestimación del recurso fue que “los jueces deben tener especial protección de cara a la opinión pública”.

Esto sucedió en abril de 2015 y es, hasta ahora, el capítulo postrero de una historia que, de momento, no tiene fin.

Los condenados preparan con sus abogados el recurso para el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Como afirma Aragón, ya no tienen ninguna confianza, pero lo hacen “porque es injusto”. Esto, señala, es una llamada de atención para todos: “En la España ‘de las libertades’ nadie puede criticar un documento público”.

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