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La Justicia abre la puerta a que el Gobierno de Aragón pague los sexenios a los funcionarios en prácticas

Los docentes podrán reclamar el pago de sexenios.

Óscar F. Civieta

Zaragoza —

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Zaragoza ha abierto una  puerta que muchos funcionarios de la enseñanza ansiaban cruzar. Ha emitido una sentencia, con fecha 19 de noviembre de 2015, por la que obliga al Gobierno de Aragón a abonar los llamados sexenios a un profesor mientras es funcionario en prácticas.

El primer año trabajando de un funcionario de la enseñanza, una vez que ha aprobado la oposición, se le considera funcionario en prácticas. Paso previo para recibir de manera oficial la condición de funcionario de carrera. Hasta ahora, en la Comunidad de Aragón, no se percibía el complemento salarial por los sexenios durante esa anualidad.

Dicha sentencia, empero, puede marcar un antes y un después en este sentido. La demanda fue interpuesta, en mayo de 2015 (aún con el anterior Gobierno autonómico (PP)), por un profesor que ya tenía reconocidos los sexenios por su desempeño anterior como interino, en este caso en Castilla y León. El docente es miembro del sindicato CGT (segundo más mayoritario en la enseñanza aragonesa), que fue quien gestionó todos los trámites, a pesar de que (por cuestiones legales) el recurrente solo fuera el mencionado trabajador.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es, se reconoce “el derecho del recurrente a cobrar dicho complemento durante el periodo de funcionario en prácticas”. Señalando, por añadidura, que “no cabe recurso”.

La jurisprudencia esgrimida por el juzgado zaragozano menciona, entre otras, una sentencia, de 9 de febrero de 2012, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se dice que “los funcionarios interinos se hallan en una situación comparable a los de carrera, pues no se pusieron de manifiesto diferencias en la cualificación académica y experiencia con estos últimos”. Para decir más adelante que no se “justificara una diferencia de trato entre trabajadores”.

Comienza ahora un periodo, de un año de duración, en el que los funcionarios que se encuentren en el mismo caso pueden solicitar una extensión de la sentencia, sin que, por ende, sea necesario comenzar de nuevo toda la burocracia jurídica.

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