Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa recurren ante el Supremo el decreto del carbón

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

Las principales compañías eléctricas, entre ellas Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa, han presentado durante la jornada de forma unilateral sendos recursos ante el Tribunal Supremo en contra del decreto que incentiva el consumo de carbón nacional, indicaron a Europa Press en fuentes jurídicas.

Las eléctricas, que ya habían recurrido la versión anterior del decreto, publicada en febrero sin entrar finalmente en vigor, han solicitado medidas cautelares en sus recursos, presentados ante la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Supremo.

El decreto, aprobado por el Consejo de Ministros después de que la Comisión Europea descartase ayudas de Estado, ha sido criticado por las eléctricas no tanto porque provocará un mayor uso de las centrales térmicas de carbón, sino porque este uso se hará en detrimento de otras tecnologías, como los ciclos combinados de gas, que resultarán desplazados.

En concreto, el decreto, pendiente de desarrollo normativo sobre algunos de sus aspectos técnicos, fija un precio por encima del mercado para la quema de carbón autóctono en centrales térmicas, lo que permitirá absorber el excedente de este mineral y resolver los problemas coyunturales de las empresas del sector.

No obstante, el sector eléctrico considera que la norma vulnera la ley al desplazar de la generación eléctrica a otras tecnologías, como los ciclos combinados, e insiste en la necesidad de que el Gobierno encuentre una solución para estas fuentes para que la medida deje de ser lesiva.

La norma, entienden las empresas, requiere de la aprobación previa de una ley que permita retirar la retribución a las instalaciones eléctricas que queden desplazadas en el sistema por el mayor uso de centrales térmicas de carbón.

Por este motivo, el decreto carece, a su juicio, de rango legal suficiente, y contraviene lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico, al tiempo que limita de forma expropiatoria el derecho a la propiedad al contemplar la posibilidad de retirar instalaciones del mercado sin compensación.

Las eléctricas también entienden que el decreto, aprobado en un momento de menor demanda y mayor producción de las energías renovables, distorsiona el funcionamiento del mercado liberalizado español de generación y dispara los costes del sistema.

RECURSO DE IBERDROLA

En el caso concreto de Iberdrola, fuentes de la eléctrica indican que el recurso considera que la norma incrementará los costes del sistema eléctrico, atenta contra el libre mercado e impedirá el cumplimiento de los objetivos medioambientales de España.

La eléctrica alega, entre otras cosas, que se transgredieron los límites de la autorización legislativa atribuida al Gobierno por el artículo 25.1 de la Ley del Sector Eléctrico, ya que se solicitó un informe al Consejo de Estado sin que éste conociera el informe emitido por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), cuando resulta que el dictamen del Consejo es el último que procede recabar en el procedimiento de tramitación.

Por otra parte, Iberdrola estima que el real decreto resulta inválido porque el propio Consejo de Estado indicó en su primer dictamen que no entraba en el fondo del contenido y que aguardaría a hacerlo una vez se pronunciase la UE.

Por otro lado, la compañía expone que el artículo 25.1 de la Ley del Sector Eléctrico habilita al Gobierno para establecer procedimientos para conseguir el funcionamiento de aquellas unidades de producción de energía eléctrica que utilicen fuentes de combustión de energía primaria autóctonas, “hasta el límite del 15%”, pero que ello no le atribuye una potestad incondicional a la hora de definirlos, marcando determinados límites.

Uno de ellos, el primero, impone que éstos sean compatibles con el mercado de libre competencia en producción; otro, el último, exige que se adopten las medidas necesarias para evitar la alteración del precio del mercado. Ambos límites no son respetados por el decreto impugnado, por lo que éste traspasa los límites de la autorización legislativa, según Iberdrola.

La eléctrica también entiende que el decreto infringe el artículo 16 de la Ley del Sector Eléctrico que, al establecer la retribución de la actividad de producción, determina como concepto retributivo obligatorio el de los “servicios de ajuste del sistema necesarios para garantizar un suministro adecuado al consumidor”.

Se denuncia también en el recurso que se han vulnerado los objetivos regulatorios básicos que establece la ley, que son garantizar el suministro eléctrico, garantizar la calidad del mismo y garantizar que se realice al menor coste posible, todo ello sin olvidar la protección del medio ambiente.

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