El Santander afronta una sentencia por ''abuso sistemático''

El Juzgado de Instrucción número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha fallado en contra del Banco Santander, obligando a la entidad a anular varias inversiones de una sola clienta por valor de más de 500.000 euros en productos financieros que contrató “bajo presión”. Se trata de la primera vez que una sentencia anula varios productos ofertados a un mismo cliente, después de que los tribunales hayan emitido varios autos contra los servicios de asesoramiento de sucursales por toda España que apuntan a tácticas de abuso y negligencia por parte del personal del Santander.

En 2006, Renate Spölein del Pozo, una ciudadana de origen alemán residente entre Venezuela y Tenerife de 62 años, regresa a SCTF con 100.000 euros bajo el brazo, fruto de la venta de su residencia en el país latinoamericano. El personal del Banco Santander, donde ya tenía contratada una cuenta personal y un depósito a plazo fijo, le recomienda invertir los ahorros en dos participaciones preferentes de SOS Cuétara. Spölein, artesana de profesión, denuncia que el asesoramiento fue negligente y que solo se le ofreción una “información parcial y de carácter verbal”.

“Se trata de un producto de deuda perpetua”, explica Rafael Reyes, abogado de la demandante, “si necesitas recuperar el dinero metido es imposible, esta información la omitieron y por eso la señora contrató”. Reyes, que protagonizó en 2009 uno de los enfrentamientos contra la entidad por productos asociados al fondo Madoff, se excusa en que el banco “abusó de la confianza” de la clienta, que no se hubiese arriesgado a contraer una “deuda perpetua” a su edad.

El problema, según el abogado, es que ese “abuso” no quedó ahí. “Aprovecharon el desconocimiento del cliente para venderle productos de riesgo y de gran complejidad”. Apenas unos meses después, el banco se puso en contacto con Spölein para ofertarle un nuevo producto de inversión: un seguro con estructura de SWAP a diez años. Para financiarlo, le ofrecieron un préstamo a tres años por valor de 100.000 euros, cuyos intereses alcanzaban los 15.000 euros. A finales de ese mismo 2007, el banco consigue colocar a la clienta otros 100.000 euros en Valores Santander, un paquete afectado por varias demandas, financiado con otro préstamo por valor de 100.000 euros.

Junto a la inmovilidad de los 100.000 euros iniciales, Spölein llegó a perder el 20% de la inversión en el SWAP y hasta la mitad de la cantidad contratada en Valores Santander. “Todos estos contratos son de alto riesgo, de gran complejidad, que conocen los especialistas en inversiones, pero no una señora de 62 años y artesana de profesión”, insiste el abogado, “el abuso no consistía únicamente en colocar productos que no se ajustaban a su perfil, sino que los préstamos que le concedieron para financiar esos productos vencían a los tres años frente a los cinco y diez de las inversiones realizadas”. Por ese motivo, explica, hubiese sido imposible recuperar la inversión para financiar la deuda con el banco. En total, 500.000 euros, más 30.000 en concepto de intereses que la jueza obliga al Santander a devolver.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, reconoce que “la iniciativa para formalizar el contrato partió del propio banco” y recoge la evidencia de la complejidad de los productos ofertados, “no solo por su funcionamiento, sino porque el completo conocimiento de su real alcance exige disponer de información precisa acerca de los mecanismos y evolución previsible de los mercados financieros”.

“Esta sentencia es un hito porque es la primera vez que se reconoce la actuación de carácter metódico, no ocasional, de abuso de buena fe y manipulación de la información”, apunta Rafael Reyes, “el abuso no termina cuando ya les das a invertir todos tus ahorros, sino que te convencen para endeudarte en cantidades enormes y seguir contratándole más y más productos”.

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