La multa mínima por no declarar cuentas fuera de España será de 10.000 euros

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Gobierno ha fijado una multa mínima de 10.000 euros para aquellos contribuyentes que no declaren sus cuentas en el extranjero, a los que se sumarán 5.000 euros por cada dato que se descubra y que no haya sido comunicado por el contribuyente.

Ésta es una de las medidas que incluye el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros, tal y como ha adelantado la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

El proyecto establece la obligación de comunicar las “cuentas, valores, títulos, rentas o bienes inmuebles” en el extranjero y si no han sido declaradas y son descubiertas por Hacienda no prescribirán y serán imputadas al ejercicio económico del año que se hayan descubierto.

Otra de las medidas del proyecto de ley es la prohibición de realizar pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en las operaciones en las que intervienen empresarios y autónomos. El límite no afectará a operaciones entre particulares y se elevará a 15.000 euros en el caso de pagadores no residentes.

“Si se incumple la limitación tanto el que paga como el que recibe serán responsables solidarios de la infracción”, ha dicho Sáenz de Santamaría, quien, sin embargo, ha recordado que si una de las partes pone en conocimiento de la Agencia Tributaria el pago no será sancionado.

Por otro lado, el proyecto incluye modificaciones que afectan a los empresarios incluidos en el régimen de módulos, ya que se excluirán de la estimación objetiva las empresas con un volumen de rendimientos superior a 50.000 euros al año, siempre que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares.

Para garantizar el pago de las deudas con Hacienda, el proyecto permite a la Agencia Tributaria tomar medidas cautelares para evitar que los deudores se declaren en situación de insolvencia o cometan un alzamiento de bienes para que Hacienda no pueda cobrar.

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