La UE activa una dirección de correo electrónico para las quejas de los pasajeros aéreos

passengersrights@ec.europa.eu es la dirección de emergencia de correo electrónico a la que pueden dirigirse los pasajeros aéreos que encuentren problemas. El comisario europeo de Transporte, Antonio Tajani, ha anunciado la activación este lunes de este email de urgencia puesto a disposición por Bruselas para que los pasajeros puedan enviar sus quejas y reclamaciones por casos de huelgas, cancelaciones de vuelo, retrasos prolongados y overbooking o sobreventa.

Un servicio “fácil y accesible” que Bruselas pone a disoposición de los ciudadanos “en estos momentos en que muchos viajeros padecen problemas” a lo largo de toda la Unión Europea (UE).

“Las normas europeas respecto a los derechos de los pasajeros deben ser rigurosamente aplicadas” ha subrayado Tajani quien ha añadido que la “Comisión Europea proporcionará la información exacta tanto sobre el uso de esta dirección de correo electrónico como respecto a la forma de ejercer estos derechos”.

Derechos de los pasajeros

En febrero de 2005 entró en vigor el reglamento comunitario que introducía nuevas normas sobre la compensación y la ayuda a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque (overbooking), cancelaciones, grandes retrasos y cambio involuntario a una clase inferior.

Los pasajeros de los vuelos entre Canarias y las otras regiones ultraperiféricas (RUP) con el resto de la Unión Europea tienen derecho a una indemnización de 400 euros en el caso de que se les deniegue el embarque por overbooking.

Las RUP se incluyen en la segunda categoría de distancias/compensaciones, referida a los trayectos de 1.500 a 3.500 kilómetros. Las otras categorías establecidas son: 250 euros para los pasajeros de los vuelos de hasta 1.500 kilómetros y 600 euros en el caso de que superen los 3.500 kilómetros.

En el caso de retrasos importantes (2, 3 y 4 horas respectivamente en función de las categorías establecidas en base a la distancia) las compañías aéreas deben prestar a los pasajeros ayudas como: alojamiento, comidas, bebidas y medios de comunicación y en determinados casos (retrasos superiores a 5 horas) transportes alternativos o la devolución de sus billetes.

La normativa afecta tanto a los vuelos regulares como a los charters ?incluso cuando forman parte de un paquete de vacaciones- así como a todas las compañías aéreas y a todos los vuelos con salida y destino en un aeropuerto de la UE.

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