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Opinión - Vivir sobre un polvorín. Por Rosa María Artal

Ser saharahui no implica estar perseguido por las autoridades marroquíes

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado las medidas cautelares de expulsión de 13 de los 16 saharahuis que llegaron a Fuerteventura el pasado 5 de enero, y a los que el Ministerio del Interior denegó la admisión a trámite de las solicitudes de asilo. Los tres casos que quedan por resolver se darán a conocer el próximo lunes.

“La Sala asegura que no hay indicios que revelen que las autoridades marroquíes persigan de manera sistemática y generalizada a los saharahuis por causa de su origen étnico, ni tampoco que cada persona acampada (en el Sáhara) sea susceptible de ser detenida y eventualmente imputada”, señalan la resoluciones judiciales.

El pasado viernes 21 de enero, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) presentó un recurso contra la inadmisión a trámite de la petición de asilo y, el martes 26, la misma Sala de la Audiencia emitió una providencia que establecía una medida cautelar para paralizar la expulsión de los 16 recurrentes.

Los autos señalan que el tribunal no aprecia la existencia e indicios de una situación que permita considerar que, por la ejecución de la resolución administrativa dictada de expulsión, el procedimiento pueda perder su finalidad legítima, “por lo que la Sala no observa razón alguna para suspender la salida del territorio español del interesado mientras se tramita el recurso”.

Los magistrados de esta sala, José Luis Sánchez Díaz, Alberto Fernández Reguera, Juan Carlos Fernández de Aguirre, Ana Isabel Gómez y Eduardo Ortega, argumentan que los propios interesados reconocieron en un principio, ante las autoridades españolas, que antes de los incidentes en el campamento saharahui del pasado mes de diciembre, “no habían tenido ningún problema con las autoridades marroquíes e incluso reconocieron no tener militancia política alguna”.

Sin embargo, ponen de manifiesto que, de forma “contradictoria”, los solicitantes de asilo rectificaron sus primeras declaraciones en el trámite de reexamen de las solicitudes de protección. En uno de los casos, además, se aportaron fotografías sobre malos tratos “cuya etiología evidentemente no ha quedado acreditada”, señalan los jueces.

La Audiencia indica que contra estos autos proceden recursos de súplica, aunque aclara que su formulación “carece de efectos suspensivos”, de tal manera que si los saharahuis lo presentan no estarían eximidos de la expulsión.

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