Pedraz pide explicaciones a Interpol por no buscar a los asesinos de Couso

MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha pedido explicaciones a la oficina de Interpol en España para preguntarle los motivos por los que se ha negado a poner en situación de busca y captura a los tres militares estadounidenses procesados por la muerte del cámara de Telecinco José Couso, ocurrida en el hotel Palestina de Bagdad el 8 de abril de 2003.

En un escrito dirigido al comisario jefe de Interpol España, el magistrado pregunta “qué órgano concreto y/o responsable” ha adoptado esta decisión y por qué este caso se ha considerado “cuestión o asunto de carácter militar” cuando en las otras dos ocasiones en que los militares fueron procesados había “aceptado las solicitudes”.

Interpol se ha negado a ejecutar las órdenes de busca y captura del teniente coronel Philip de Camp, el capitán Philip Wolford y el sargento Thomas Gibson apelando al artículo 3 de su Estatuto, que establece que “está rigurosamente prohibida a la organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter político, militar, religioso o racial”.

¿SUGERENCIA DE ALGÚN ESTADO?

Tras advertir de que esta decisión se ha tomado “sin que los hechos imputados hayan variado”, el juez Pedraz recuerda que el organismo policial no ha precisado la razón de su negativa. Al mismo tiempo, pregunta “si algún estado miembro ha participado a Interpol que los hechos contenidos en la solicitud constituyen un delito militar o de otra índole para con ello aplicar el artículo 3”.

De igual modo, quiere conocer la razón de que Interpol considere que la investigación sobre la muerte de Couso no constituye “una infracción de derecho común”, máxime cuando el delito imputado (contra las personas en caso de conflicto armado) recoge y desarrolla, a su juicio, lo dispuesto en el IV Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949 y el Protocolo Adicional I de 1997.

Pedraz volvió a procesar a los tres militares estadounidenese el pasado 29 de julio después de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo ordenara reabrir por segunda vez este procedimiento, que fue archivado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en marzo de 2006 y julio de 2009.

VISITA AL LUGAR DE LOS HECHOS

En su auto, recordaba que libró comisión rogatoria a Irak para que se autorizara el desplazamiento de una comisión judicial de la Audiencia Nacional al lugar de los hechos, a fin de efectuar un reconocimiento del lugar y, en la medida de lo posible, una reconstrucción de lo sucedido. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) autorizó el pasado 14 de septiembre al juez para que pudiera realizar esta diligencia.

En concreto, el juez estableció que la comisión judicial estaría integrada por el instructor, el secretario judicial y un funcionario del juzgado, el Ministerio Fiscal y las partes si lo estiman oportuno y, “sólo en caso de que a ello se presten voluntariamente”, los periodistas testigos de los hechos Olga Rodríguez Francisco, Jon Sistiaga Escudero y Jesús Manuel Hernández Quiñonero, que podrían indicar a la comisión los lugares exactos de los hechos.

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