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Confirman la repatriación de dos inmigrantes

El Juzgado de lo Contencioso Número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha denegado la medida cautelar solicitada por el abogado de B.L. y H.E.M. [dos de los inmigrantes de la patera que volcó el pasado 13 de diciembre en aguas de la costa de Lanzarote] en la que se pedía la suspensión de la repatriación dictada por la Delegación del Gobierno en Canarias.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), el abogado de los dos varones interpuso un recurso contencioso-administrativo de protección de derechos fundamentales contra la vía de hecho consistente en la ejecución de las resoluciones de fecha 13 de diciembre de 2012, dictadas por la Delegación del Gobierno, en virtud de las cuales se acordaba la devolución de sus representados a su país de origen.

Dicho recurso solicitaba la suspensión cautelar urgente de la ejecución de los citados actos, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes.

Por su parte, el Juzgado dicta que “los recurrentes no acreditan la existencia de arraigo alguno en territorio nacional y la existencia de una causa penal no es fundamento suficiente que justifique la suspensión de la ejecución de un acto administrativo”, por lo que ha procedido a denegar la medida cautelar citada. Sin embargo, añade que se podrán arbitrar “medidas para garantizar la declaración del perjudicado y los testigos”.

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