El PP invocó la inviolabilidad de los diputados antes de votar por Anfi Tauro

La sesión del Parlamento de Canarias del 30 de marzo de 2007, en la que CC y PP votaron favorablemente para incluir el proyecto turístico de Anfi Tauro, entre otros, como excepción a la moratoria turística, contó en sus prolegómenos con un hecho significativo: el portavoz del PP en la Cámara, Jorge Rodríguez, solicitó al secretario de la Mesa que leyera en voz alta y dejara constancia del contenido del artículo 9 del Reglamento de la Cámara y del artículo 10.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias, que garantiza la inviolabilidad de los votos y opiniones de los diputados, “aun después de haber cesado en su mandato”.

Según recoge el vídeo oficial del Parlamento donde aparece José Manuel Soria al final de la sesión votando favorablemente con otros 28 diputados de CC y PP, nada más comenzar la sesión plenaria, Jorge Rodríguez solicita al presidente de la Cámara, Gabriel Mato (PP), la lectura de esos dos artículos “en alta voz antes de llevar a cabo ninguna de las dos votaciones” [en esa sesión bajo investigación judicial también se votaron las conclusiones de la comisión de investigación parlamentaria sobre el caso eólico], un dato que no pasó desapercibido como indicio de dudas jurídicas del sentido del voto de algunos diputados por su vinculación directa al caso.

En el caso de la lectura del artículo 10.3 del Estatuto de Autonomía, realizada por el secretario de la Mesa del Parlamento, se limita a enunciar el primer párrafo que recoge que “los miembros del Parlamento serán inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo”, sin añadir en segundo párrafo que también mandata que “durante su mandato, no podrán ser detenidos, ni retenidos, sino en caso de flagrante delito [...]”.

Desde el grupo socialista replicó a la petición de lectura de estos dos artículos de Jorge Rodríguez el diputado Santiago Pérez, quien apeló a la respeto de la ley por parte de todos los ciudadanos, la responsabilidad de los poderes públicos para promover las condiciones de igualdad y libertad en todos los ámbitos de la vida y las garantías jurídicas del principio de legalidad, la jeraquía normativa y la publicidad de las normas que recoge el artículo 9 de la Constitución Española.

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