El REF no condiciona el reparto de las cuentas estatales

Efe

La disposición del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias que plantea que las inversiones del Gobierno central en las Islas en cada ejercicio no pueden ser inferiores a la media del resto de CCAA no condiciona “sin más” el reparto de los Presupuesto Generales del Estado.

Así lo dispone el Tribunal Constitucional (TC) en la segunda sentencia que emite en lo que va de año sobre el pleito que el Gobierno canario mantiene desde hace tiempo con varios ejecutivos sobre el volumen de las inversiones en las Islas y sobre cómo se aplica el artículo 96 de la ley 20/1991, que regula el REF canario.

Ese artículo estipula lo siguiente: “En cada ejercicio, el programa de inversiones públicas que se ejecute en Canarias se distribuirá entre el Estado y la comunidad autónoma de tal modo que las inversiones estatales no sean inferiores al promedio que corresponda para el conjunto de las comunidades autónomas, excluidas de este cómputo las inversiones que compensen del hecho insular”.

Amparados en ese artículo, los dos Gobiernos canarios presididos por Paulino Rivero (CC), primero con el PP como socio y ahora con el PSOE como compañero de Ejecutivo, impugnaron ante el Tribunal Constitucional los Presupuestos Generales del Estado de 2008 (con Zapatero en la Moncloa) y los de 2012 (los primeros de Rajoy).

El pasado mes de abril, el Alto Tribunal ya desestimó el recurso contra la cuentas generales del Estado de 2008, con unos argumentos a los que ahora se remite expresamente para dictar el mismo fallo respecto a los Presupuestos de 2012.

“Dichos compromisos no constituyen un recurso que el Estado deba consignar obligatoriamente en los Presupuestos Generales de cada ejercicio”, decía entonces el Constitucional y repite ahora.

La sentencia sobre los Presupuestos de 2008 añadía: “Es al Estado al que corresponde en exclusiva, atendiendo a la totalidad de los instrumentos para la financiación de las comunidades autónomas, a las necesidades de cada una de estas y a las posibilidades reales del sistema financiero del Estado, decidir si procede dotar y en qué cuantía aquellas asignaciones en virtud de su competencia”.

Tras dar por reproducidos esos razonamientos, la nueva sentencia sobre las cuentas de 2012 agrega que, para calcular si las inversiones en Canarias se atienen o no a lo que dicta el REF, no solo hay que mirar a los Presupuestos Generales, sino “a la totalidad de instrumentos de financiación autonómica, a las necesidades de cada una (de las CCAA) y a las posibilidades reales del sistema financiero del Estado”.

En su recurso contra los primeros presupuestos del Gobierno de Rajoy, el Ejecutivo canario sostenía que le habían privado irregularmente de una inversión de 198,36 millones de euros, ya que estimaba que las cuentas del Estado consignaban a las Islas 384,30 millones en inversiones, cuando la media del resto de comunidades autónomas ascendía a 582,66 millones.

El Gobierno central no daba por buenos esos cálculos, por considerar que no tenían en cuenta ni el dinero incluido en partidas no territorializadas, ni las transferencias que Canarias recibe a través de otros mecanismos de financiación.

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