Santa Lucía (Gran Canaria) no readmitirá a los trabajadores despedidos porque no son “personal del Ayuntamiento”

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 4 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria) ha asegurado hoy que no readmitirá a los seis trabajadores que denunciaron su despido ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) porque “no son personal” del Consistorio.

Así lo manifestó hoy a través de un comunicado el concejal de Recursos Humanos y Hacienda, Aurelio Falcón, que indicó que los empleados “no van a ser readmitidos porque no son personal del Ayuntamiento, sino que pertenecen a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Ansite, que los contrató de forma directa, aunque los mismos serán debidamente indemnizados”.

Falcón afirmó que “sólo fueron subrogados aquellos trabajadores que en su día el Ayuntamiento cedió a la UTE, pero no los seis afectados por la sentencia, que fueron contratados de forma directa por la UTE sin seguir ningún proceso de selección”.

Asimismo, el concejal señaló que el Sindicato Independiente de Trabajadores de Canarias (SITCA), que ha hecho pública esta resolución, “no tiene representación en la Mesa General de Negociaciones, ni comparece en la negociación de las condiciones de trabajo del personal de este Ayuntamiento. Tampoco ha concurrido a las elecciones sindicales, además de ser un auténtico desconocido para la administración, al igual que su delegado sindical”.

Falcón recordó que “el 14 de abril de 2008 la sentencia declaró improcedentes todos los despidos, por lo que la administración optó por indemnizarlos el 29 de abril de 2008, si bien el delegado sindical de SITCA, Tomás Santana, prefirió la readmisión, y fue readmitido prestando servicios desde entonces”.

De esta manera, “esto se recurrió, y en fecha de 4 de octubre de este año se dictó sentencia por el TSJC confirmando el fallo, de modo que se ha pedido un informe de vida laboral para proceder al pago de la indemnización por la que se optó”.

Finalmente, el concejal de Santa Lucía insistió en que “la acción ejercitada por los trabajadores, no por el sindicato, no fue por vulneración de Derechos Fundamentales, como dice SITCA, sino una cuestión jurídica en torno al tema de la subrogación empresarial”.

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