El TSJC reduce a 6,7 millones de euros la desclasificación de 31.000 camas en Montaña Roja

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias notificó este miércoles el Auto dictado el 24 de octubre de 2008 por el que se resuelve el incidente de inejecución de la Sentencia que dicho Tribunal emitió el 25-2-1998 anulando las limitaciones que el Plan Insular de Lanzarote estableció para el Plan Parcial Montaña Roja, cifrando en un importe de 6,7 millones de euros la indemnización que el promotor tendría derecho a percibir por la reducción de 31.145 camas turísticas que el PIOT de 1991 realizó en dicho Plan Parcial.

El Tribunal zanja de este modo claramente favorable a los intereses de Lanzarote los efectos derivados de la ya citada Sentencia del TSJC de 25-2-1998 que había anulado las previsiones del PIOT para Montaña Roja, por no haber previsto ninguna indemnización por la eliminación de más de 31.000 camas en dicho Plan Parcial.

El Cabildo de Lanzarote recuerda, a través de un comunicado, el PIOT disminuyó las 62.000 plazas previstas en el Plan Parcial Montaña Roja a un máximo de 30.000, y ahora el Tribunal establece la indemnización por dicha eliminación que no fue prevista en su momento, estableciéndola en la cantidad, ya actualizada al año 2008, de 6,7 millones de euros, que deberán abonarse al promotor solidariamente por el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Lanzarote.

Plena satisfacción

La decisión de la Sala ha sido acogida con gran satisfacción por el Cabildo de Lanzarote. Sobre el alcance de esta decisión, la Presidenta de la Corporación, Manuela Armas, ha señalado que esta resolución judicial supone un nuevo y decisivo espaldarazo a las políticas de contención del crecimiento en nuestra Isla, al haber prosperado las tesis de valoración que fueron defendidas por los servicios técnicos y jurídicos de la corporación insular en el pleito.

Dicha valoración fue cifrada por el Cabildo en 5 millones de euros frente a los 214 millones (36.000 millones de pesetas) que solicitaba el promotor, Club Lanzarote, apoyándose en un informe encargado al perito Agustín Díaz de Aguilar Cantero que el Tribunal ha rechazado en su práctica totalidad.

El Tribunal considera que el informe del perito del Cabildo, Pedro Romera García, utiliza “un criterio interesante en orden a la determinación de la indemnización” y es ese “criterio el que seguiremos al fijar la indemnización”, concluye la Sala. Al propio tiempo el Tribunal rechaza el informe del perito del promotor, Agustín Díaz de Aguilar, porque, entre otros motivos, el descuento de licencias que por el mismo se realizan “conllevaría la negación de la doctrina de esta Sala respecto a la nulidad que se ha declarado de algunas de las licencias”.

Respaldo decisivo al PIOT

Con esta importante decisión judicial no solo queda plenamente garantizada la desclasificación de las más de 30.000 camas que el Plan Insular eliminó del Plan Parcial Montaña Roja en el año 1991 (reduciéndolas a la mitad de las previstas) sino que el coste de dicha desclasificación se cifra en poco más de 200 euros por plaza que, además, habrán de abonarse conjuntamente con la administración regional.

Etiquetas
stats