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La condena a dos concejales de Hermigua ''no es firme''

Los concejales del Ayuntamiento gomero de Hermigua Juan Ignacio Mora y Francisco Javier Rodríguez, condenados por el Tribunal de Cuentas a devolver 7.000 euros al Ayuntamiento por una cuenta no declarada que pertenecía, según los acusados a “una comisión de fiestas”, califican de “parcial, tendencioso y en buena parte falso” las explicaciones aportadas por el Ayuntamiento al respecto del caso.

Asimismo, recuerdan que la sentencia “no es firme”, razón por la cual se ha pesentrado el correspondiente recurso de apelación, e insisten en que ha quedado demostrado que no hubo “enriquecimiento personal ni malversación” en sus acciones.

Según explican en un comunicado, la determinación del reintegro en 7.516 euros se debe a que, a instancias del Ayuntamiento, no se consideró como justificante válido la copia de los talones de pago, entregados a madres de niños por las galas infantiles, actuaciones musicales y de humoristas, etc., a personas de Hermigua, acompañadas de las declaraciones juradas acreditativas de la recepción, entre las que se incluía una de la propia entidad de ahorro. “En ningún momento se puso en duda cuál fue el destino de los fondos”, afirman.

La demanda formulada por el ayuntamiento fue por un importe de 38.319 euros y la cifra a reintegrar, 7.516 euros. Dicha reducción se debe, fundamentalmente a la justificación de gastos realizada, y “no, como pretende hacer creer el Ayuntamiento a la prescripción del periodo anterior a septiembre de 2002”.

Afirman que el ayuntamiento de Hermigua para obtener esta sentencia, que recuerdan que aún no es firme, se ha podido gastar más de 7.516 euros incluyendo el viaje de la alcaldesa, Solveida Clemente, a Madrid para asistir al juicio, al que no estaba citada y para no intervenir en ningún momento. “El morbo suele ser más fuerte que la razón”, aseguran los dos ediles.

Ambos explican que, como medio de agilizar los pagos relacionados con las fiestas locales, se abrió una cuenta corriente en una entidad bancaria, donde se ingresaban las aportaciones realizadas por ventorrilleros por el uso de la vía publica, además de otros, constando en dicha entidad bancaria y en el propio Ayuntamiento todos y cada uno de los ingresos y pagos efectuados a través de dicha cuenta corriente.

“No se eludieron impuestos”

Solveida Clemente llegó a efectuar, según estos ediles, un ingreso en dicha cuenta, a pesar de que ahora se manifieste que el importe de los ingresos se efectuaba “a nuestro antojo, al margen de que como concejala sabía, o al menos debía saber, que numerosos gastos de las fiestas se sufragaban a través de dicha cuenta”.

Asimismo, subrayan que “no se eludió impuesto alguno” y el dinero fue destinado “única y exclusivamente en las fiestas”, porque, en caso contrario el asunto “no se hubiera tramitado ante el Tribunal de Cuentas, sino ante el Juzgado de lo Penal, cuestión que ni siquiera se atrevió a plantear el Ayuntamiento”.

Por ello, consideran “tendencioso y falso” afirmar que el Tribunal de Cuentas entendió que no se han justificado válidamente 28.125'65 euros, ya que solamente hay que remitirse al fallo “para desmontar tan injustificada afirmación y es igualmente falso que la fijación de la cifra en 7.516'14 euros se deba a la prescripción”.

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