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Sin festivo en Año Nuevo

El Gobierno de Canarias aprobó este jueves, en su última sesión del Consejo de Gobierno, el calendario de festivos laborales para el año 2012, además de abrir el plazo para fijar los días de fiesta locales. En este calendario se establecen un total de 11 días festivos comunes para toda Canarias, entre los que no se encuentran ni el 2 de enero (traspaso de Año Nuevo) ni el 25 de julio (Santiago), que no serán festivos en el Archipiélago en 2012.

Los que sí serán días festivos para toda Canarias serán el 6 de enero, correspondiente a la Epifanía del Señor, además del 5 y 6 de abril, jueves y viernes Santo respectivamente. A continuación le toca el turno al 30 de mayo, Día de Canarias y no habrá otro hasta el 15 de agosto, con la Asunción de la Virgen.

Otros festivos comunes serán el 12 de octubre, la fiesta Nacional de España, además del 1 de noviembre, Todos los Santos, sin olvidar el 6 de diciembre, día de la Constitución Española, ni el 8 del mismo mes, la Inmaculada Concepción ni el 25 de diciembre, la Natividad del Señor.

Por islas, en El Hierro, el 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes, será considerado festivo, mientras que lo mismo hará Fuerteventura con el 21 de septiembre (tercer viernes del mes), al coincidir con el día de Nuestra Señora de la Peña.

En Gran Canaria también será festivo el 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino; en La Gomera el 8 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe y en Lanzarote el 15 de septiembre, por ser Nuestra Señora de los Volcanes.

La Palma cuenta como festivo adicional el 29 de septiembre, la festividad de San Miguel Arcángel, mientras que Tenerife selecciona el 2 de febrero, por ser Nuestra Señora de la Candelaria.

A la vista del calendario para el año 2012, y teniendo en cuenta que coincide en domingo la fiesta del 1 de enero, día de Año Nuevo, se ha estimado conveniente sustituir el descanso laboral correspondiente al día 2 de enero por el día 30 de mayo, Día de Canarias.

Por otra parte, el proyecto de Decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno también abre el plazo para establecer las fiestas locales que, por tradición, sean propias en cada municipio y que se determinarán a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos. Estos cuentan con un plazo de un mes a partir de la publicación del Decreto para formular sus propuestas y remitirlas a la Dirección General de Trabajo.

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