El valor de la parcela de la refinería se eleva a 42 millones

La reclasificación del suelo que ocupa la Refinería de Santa Cruz que ha pasado de ser suelo urbano no consolidado a consolidado supone que los terrenos tienen un valor cercano a los 42 millones de euros. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) emitida hace varios años y recurrida ya ante el Supremo evitó blindar la continuidad de la industria pero sí reconoció que la reclasificación de la parcela en el nuevo Plan General de Ordenación (PGO) de Santa Cruz.

El abogado que intervino en este pleito por parte de Cepsa llegó a cifrar en 1.800 millones de euros la trascendencia de la continuidad de esta industria en su actual emplazamiento. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid considera que esta es la cantidad que la Dirección de Cepsa calculó que costaría desmantelar la industria y trasladarla a otro punto de la isla.

El letrado pedía por ello que la empresa le abonara dos millones de euros en concepto de salarios y así lo defendió ante los tribunales que finalmente rebajaron esta cantidad hasta el medio millón. La Audiencia basándose en un informe pericial estima que dentro de los 42 millones de euros del valor de suelo no se incluye lo que costaría la descontaminación de los terrenos ni el traslado de toda la maquinaria que actualmente está funcionando en el recinto. La importancia de esta cifra es significativa en caso de que finalmente las instituciones se decidan a expropiar el suelo tal y como aparece recogido en el Plan General de Santa Cruz con el fin de construir viviendas.

En principio en el planeamiento se daba un plazo de doce años para que la industria fuera desmantelada pero finalmente se concluyó que al tener esta actividad influencia en todo el ámbito insular debía procederse a la redacción de un plan especial territorial de ordenación de los recursos energético que tenía que haber encargado hace ya cuatro años el Cabildo, pero del que nunca más se ha sabido. La Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) en su dictamen sobre el PGO del año 2010 concluyó con que era necesario introducir en el planeamiento la reclasificación de los terrenos tal y como había dictaminado el TSJC y ordenar la redacción de este plan especial.

Desde el Gobierno de Canarias se ha apostado siempre por trasladar la refinería al polígono industrial de Granadilla, aunque la empresa ha advertido que en todo caso optarían por abandonar la isla ante el inasumible coste que implicaría el desmantelamiento y reubicación.

El TSJC rechazó en el año 2010 la pretensión de la Refinería de blindar su permanencia en el actual emplazamiento en Santa Cruz. No obstante, Cepsa consiguió que los tribunales reforzaran su posición con respecto al suelo que ocupa desde hace años, ya que le ha otorgado la categoría de urbano consolidado, en contra de la clasificación dada por la Cotmac en el año 2005 que era de suelo urbano no consolidado.

Esta decisión del TSJC exime a la empresa de ceder obligatoriamente al Ayuntamiento el 10% del suelo para realizar equipamientos públicos y espacios libres urbanos cuando se vaya de la zona y se proceda a urbanizar el espacio. El cambio de clasificación avalado por el TSJC implica importantes beneficios económicos para la compañía Cepsa, ya que estos terrenos tienen un gran valor. El propio tribunal admite en la sentencia que la finalidad tanto del PGO en vigor como del nuevo actualmente en tramitación, es “la extinción de este ámbito de suelo urbano industrial, según la antigua categoría, a la nueva consideración de suelo urbano no consolidado”.

El TSJC rechaza posicionarse sobre la extinción de la industria al indicar que el planteamiento se mantiene en ambos documentos. “En este aspecto, el Plan no ha sufrido modificación por la adaptación, por lo que no es posible un enjuiciamiento dirigido a suprimir del PGO este objeto de eliminar la Refinería, de cara a una futura evolución industrial hacia otras actividades más compatibles con su posicionamiento de suelo urbano”, señala la sentencia.

La Refinería ha pedido ante el TSJC primero y ante el Supremo después que el PGO quedara sin efecto en este ámbito al señalar que sólo el Estado tiene competencias para decidir sobre el cierre de instalaciones estratégicas. “Las previsiones del planeamiento a desarrollar en futuros planes especiales no puede alcanzar la consideración de determinaciones en sentido estricto, que incidan directamente sobre el uso final del suelo”, argumentó ante el Tribunal. La Refinería adjuntó un informe pericial en el que pudo demostrar que efectivamente las previsiones del PGO implican “de facto el desmantelamiento” de esta industria.

El TSJC comprobó que, según el Plan General de la capital tinerfeña, “la Refinería sigue siendo por el momento una instalación urbanística, incómoda pero legalmente ubicada en zona industrial”.

El alto tribunal canario llegó a la conclusión de que Cepsa ocupa una parcela de propiedad única y que, a pesar de sus distintas instalaciones, todas ellas son elementos integrantes de una factoría y actividad común. “Tratándose de una instalación cerrada, cuenta con todos sus viales perimetrales definidas y completamente urbanizadas, y con el equipamiento dotacional de acceso rodado, abastecimiento y evacuación de agua, suministro de energía eléctrica, pavimentación de calzada, encintado de aceras y alumbrados públicos. Es decir es suelo urbano consolidado”, se indica en el fallo.

Tanto el abogado de un bufete de Madrid que intervino en este pleito y que luego mostró su discrepancia con los honorarios que se le querían abonar, como los letrados que trabajan para Cepsa se felicitaron por el éxito que bajo su punto de vista supuso esta sentencia pese a no haber podido, por ahora, blindar la continuidad de la industria en su actual emplazamiento, un asunto que deberá ser decidido por el Supremo.

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