Grabó el 'vis a vis' porque ''el imputado podía desahogarse''

La magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicias de Canarias (TSJC) Carla Bellini ha declarado este lunes como imputada en el Tribunal Supremo, donde ha defendido los motivos que le llevaron a ordenar la grabación de las conversaciones en un encuentro sexual vis a vis en el Centro Penitenciario Tenerife-2 de Felipe Armas, imputado en el caso Las Teresitas, el 14 de octubre de 2007.

Bellini está acusada de los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales, los mismos que le costaron su puesto al ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por intervenir las conversaciones de imputados de la trama Gürtel con sus abogados en prisión. La magistrada ha defendido que había suficientes indicios para ordenar la intervención y que de hecho parte de lo dicho en el encuentro sirvió para las investigaciones.

Así lo ha manifestado a Europa Press el abogado de Bellini, José Antonio Choclán, quien curiosamente fue una de las acusaciones contra Garzón durante el proceso que se celebró a principios de este año en el Tribunal Supremo. El letrado defendió la querella contra el juez presentada por su cliente, el cerebro de la “Gürtel” Francisco Correa.

El Fiscal pide el archivo

de la causa

Durante la declaración, celebrada ante el magistrado de lo Penal José Manuel Maza, que es el instructor de la querella, tanto la defensa como la Fiscalía han solicitado el archivo de la causa. Sobre la magistrada pesa pues, tan solo, la acusación ejercida por la acusación particular.

A lo largo del interrogatorio la magistrada ha explicado que había suficientes indicios para proceder a la grabación del encuentro que se exponían “con mucho detalle” en un informe elaborado por la Policía, que fue la que instó la medida con carácter urgente.

Bellini ha defendido que su decisión estaba fundada en derecho y ha insistido en que había indicios sólidos de que en dicho encuentro se iban a tratar asuntos importantes para la investigación del caso.

El auto de la Sala de lo Penal del TS, del pasado 10 de abril, reconoce que la pareja de Felipe Armas no guardaba ninguna relación con las investigaciones sobre la operación de compra-venta de la playa de Santa Cruz de Tenerife.

Para Bellini, había una “posibilidad” de que el imputado se “desahogara” con su pareja ofreciendo información dado que no habían hablado desde que fue imputado.

Según el auto de admisión de la querella, la autorización judicial invadió el derecho fundamental a la intimidad, más aún cuando se produjo en el curso de un proceso penal por corrupción, e incide en que la sexualidad pertenece al ámbito de la “más estricta intimidad” y de que hay que tener “límites”.

El Tribunal Supremo rechazó la querella contra la Fiscal de la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, María Farnés, ya que su “conducta pasiva” no es motivo “por ahora” para su encausamiento.

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