La portada de mañana
Acceder
La izquierda busca reconstruirse ante el nuevo ciclo político
El PP de Ayuso bloquea la investigación de los negocios de su pareja
Opinión - 'Un español cuenta algo muy sorprendente', por Isaac Rosa

Los estibadores no logran recuperar sus antiguos edificios

La Audiencia Nacional ha ratificado por segunda vez en pocos meses que los edificios situados en la avenida de Anaga y la calle de La Marina son propiedad del Ministerio de Economía y Hacienda, que en su día los incorporó a su patrimonio a través de un procedimiento que se considera ajustado a Derecho. El Tribunal ha rechazado el segundo recurso presentado por los estibadores y la Autoridad Portuaria a través de los cuales cada uno por su lado reivindicaban que se les devolviera la titularidad sobre estos inmuebles.

A mediados de la década de los años 90 el Estado emitió una orden por la que asumía la propiedad de estos edificios de 14 y 9 alturas que tienen un valor aproximado de 20 millones de euros. Este paso se dio después de que resultara extinguida la Organización de Trabajadores Portuarios (OTP), que fue sustituida por la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del puerto de Tenerife (Sestife). En el año 1986 un Real Decreto dispuso la desaparición de la OTP y que su patrimonio fuese aportado a Sestife. La participación pública en esta entidad era del 51% y el resto correspondía a las empresas estibadoras. Sestife se constituyó un año más tarde, con un fondo de 295.000 euros.

Posteriormente se decretó la ampliación de estos recursos con la aportación de los bienes de la extinta OTP. En 1992 se estableció un nuevo modelo de gestión basado en la creación de autoridades portuarias, entre cuyas funciones estaba de forma preferente la prestación de los servicios de estiba y desestiba de buques y a estos organismos se transfirió la participación estatal. Así la Dirección General de Patrimonio del Estado entregó a la Autoridad Portuaria a finales de 1993 las propiedades en estos servicios, convirtiéndose de este modo en su accionista mayoritario. Ya en 2003, tras aplicar los criterios que imponía la entrada de España en la Unión Europea (UE), la estiba y desestiba dejó de tener carácter público y pasó a depender de la iniciativa privada, aunque sujeta al control de la Autoridad Portuaria. Una orden ministerial del año 95 que nunca fue notificada a Sestife ni a Puertos dispuso la incorporación al patrimonio del Estado de estos dos inmuebles. Entonces la asociación de empresas estibadoras, que eran minoritarias en Sestife, acudieron a los tribunales pidiendo la nulidad del acuerdo. Este colectivo alegaba que la orden de 1986 imponía que la totalidad del patrimonio de la extinta OTP fuese aportado a Sestife.

No legitimada

Pese a todo ello, la Audiencia Nacional consideró que esta entidad no estaba legitimada para reivindicar la propiedad y que en todo caso debería hacerlo Sestife. La asociación empresarial defendió que su interés era legítimo, ya que, aparte de financiar con sus cuotas los costes de la Sociedad de Estiba y Desestiba, la incorporación del patrimonio de la extinta OTP habría supuesto una ventaja jurídica concretada en que sus aportaciones habría sido inferiores. Puertos argumentó que en el momento del desalojo era accionista mayoritaria de Sestife y ocupaba ciertas dependencias en los edificios.

Sin embargo, también la Audiencia y el Tribunal Supremo dudaron de la legitimidad del organismo estatal argumentando que en cualquier caso esta era “indirecta y consecuencia de la que se hubiera de reconocer a la Sociedad Estatal de la que es accionista”. En el Supremo, el Abogado del Estado acusó a la asociación empresarial de intentar sustituir a Sestife. El letrado que defendió a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz, Pedro Doblado, califica de “muy interesante el pleito” y recordó que ni la Audiencia ni el Supremo reconocieron nunca la legitimidad de este organismo para reivindicar la propiedad de estos inmuebles. “Al final estamos hablando de la liquidación del anterior patrimonio de la OTP. Entiendo que esos bienes hay que adjudicarlos legalmente a Puertos. Llevamos cinco años de peleas judiciales”, manifestó.

Hace un año el Tribunal Constitucional (TC) detectó que se había incurrido en determinados errores´durante todo el proceso y por ello obligó a reabrir el pleito. De esta manera a principio de 2012 la Audiencia rechazó el recurso presentado por Puertos para hacerse con la titularidad de los edificios y ahora lo ha hecho con el interpuesto por los estibadores. En cualquier caso la última palabra la tendrá ahora el Tribunal Supremo (TS).

Etiquetas
stats