Sobre este blog

El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora

Medio punto menos

Pues bien, al adquirir dicho impreso, y cumplimentarlo, observará que en la columna correspondiente al tipo impositivo de la transmisión de viviendas, ha de liquidarse un 6% del valor de la propiedad adquirida. Si lo hace así se arriesga a dos cosas: a) que tenga la suerte de que el funcionario de turno le haga ver que el impuesto ha subido y que no es un 6, sino un 6,5% lo que ha de liquidar; o b) que no le digan nada y que, inducido por el error oficial, le obsequien poco después con una complementaria y le apliquen los intereses de rigor, con el cabreo que lleva aparejado una situación como ésa. En el primero de los casos, deberá usted volver a empezar y adquirir un nuevo impreso a cumplimentar, haciendo constar la cantidad que en realidad debió consignar si Hacienda hubiera hecho sus deberes. En el segundo caso, ya sabes.

Sobre este blog

El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora

Etiquetas
stats