Clavijo, eximido de tráfico de influencias en un contrato con Urbaser

El alcalde de La Laguna y candidato de CC a la Presidencia del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, en su llegada al juicio donde declara ante el juez César Romero Pamparacuatro por el caso Corredor. EFE/Ramón de la Rocha

Belén Molina

El magistrado que instruye el caso Corredor ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha sobreseído al alcalde de La Laguna y candidato a la Presidencia del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, del delito de tráfico de influencias en la contratación de dos personas en la empresa Urbaser, responsable de la limpieza y recogida de residuos sólidos en ese municipio.

En un auto comunicado este miércoles a las partes, el magistrado considera que no concurren los elementos necesarios para imputar al alcalde por tráfico de influencias en la contratación por Urbaser de un sobrino de la presidenta de una plataforma vecinal, Isabel González Prieto. Para el juez, se trató de una recomendación, pero no de un intento de influir en la empresa de limpieza.

González Prieto también ha quedado eximida de cualquier posible delito por haber pedido al alcalde ese favor, ya que ese comportamiento “no tiene la entidad, intensidad, fuerza y argumento” para que se catalogue como una acción de influir para el alcalde resolviera administrativamente la contratación.

El juez estima de esa manera el recurso que interpuso la Fiscalía y al que se adhirió la defensa de Clavijo, al no haber una acción instigadora para que se llevase a cabo la contratación, sino que tan sólo se interesó en saber si el afectado iba a ser llamado de nuevo a trabajar como eventual.

No es la única buena noticia para Fernando Clavijo, que esta tarde ha sabido, por otro auto del juez Cesar Romero Pamparacuatro, que también ha quedado libre, al menos provisionalmente, del tráfico de influencias en relación al retraso del precinto del pub Utopía, en la zona de ocio llamada el Cuadrilátero, propiedad de Evaristo González y que regentaba su hombre de confianza y presidente de la Fecao, José Antonio Santana.

Como en el caso de Urbaser, el magistrado no considera que las conversaciones entre Clavijo y la concejal de Ordenación del Territorio en la Laguna, Aymara Calero Tavío, contengan los elementos propios del tráfico de influencias, sino que se limitó a recibir un sms de Santana y puso en conocimiento de Calero la situación de cierre del local Utopía.

Sin embargo, el magistrado sí considera que Aymara Calero Tavío habría incurrido en un delito de prevaricación, y José Antonio Santana, en otro de tráfico de influencias, ya que la concejal le indicó al hostelero qué debía hacer para retrasar ese cierre, como era presentar un recurso contencioso contra la sanción y que la Gerencia de Urbanismo tuviera conocimiento del mismo.

En el mismo auto, con fecha de 3 de febrero, Pamparacuatro resuelve que no ha lugar a que declaren Fernando Clavijo, Evaristo González Reyes, José Antonio Santana y el policía local Francisco Portocarrero por como imputados por tráfico de influencias en relación a la no tramitación de actas sancionadoras a otro local de González Reyes, el pub Palco, aunque deja claro que hay indicios de un delito de prevaricación, por lo que citará a declarar como testigos a una técnico, tres policías locales y el propietario de un restaurante, cuyo expediente sancionador se abrió al tiempo que el del Palco, aunque su local sí fue clausurado.

Aymara Calero también ha quedado imputada por prevaricación, y deberá declarar por ello en los próximos días, por la concesión de licencias de apertura sin los informes técnicos de una cafetería llamada La Estación.

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