Condenado a 16 años de cárcel un padre por abusar reiteradamente de su hija

Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. (ALEJANDRO RAMOS)

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 16 años y siete meses de prisión a un padre que abusó reiteradamente a su hija, desde que la niña tenía diez años, en una de las ocasiones en presencia de su hermana menor.

La sentencia describe al acusado, Antonio M., natural de Ecuador, al igual que sus dos hijas y la madre de ambas, como una persona autoritaria, dominante y agresiva, que tenía a toda su familia sometida a una “férrea disciplina y rígido comportamiento”.

Conforme a lo considerado por probado por el tribunal, el delito de agresión sexual continuada tuvo lugar en el domicilio que compartía la familia con otras personas en Las Palmas de Gran Canaria en 2001, cuando su hija contaba con 10 años y la madre estaba ausente, de manera que mantenía encuentros “clandestinos” con la menor, a la que hacía ir al dormitorio.

El acusado ese año viajó a su país y a su regreso en 2002 se rompió la relación con su mujer, por lo que dejó de vivir en el domicilio familiar, señala la sentencia.

El procesado volvió a intentar mantener relaciones sexuales con su hija cuando esta y su hermana fueron a pasar un fin de semana a la casa en la que vivía con su nueva mujer, entre 2002 y 2003, años en los que posteriormente se masturbó ante la menor.

Así mismo, un día de 2006, el acusado que estaba en otra vivienda con su pareja y sus dos hijas, entró en la habitación de estas por la noche y le tocó los genitales a su hija mayor.

Como consecuencia de estos hechos, su hija ha sufrido sentimientos depresivos y de culpabilidad, baja autoestima y motivación, así como falta de confianza, lo que le ha afectado a un desarrollo normal de su vida personal, familiar y profesional y ha dejado en ella “una huella persistente y difícil de borrar”.

Por todo ello, al acusado se le ha condenado por cuatro delitos, uno continuado de abuso sexual a menor de 13 años con acceso carnal, otro de agresión sexual a menor de 13 años, uno de exhibicionismo y otro de abuso sexual a menor mayor de 13 años.

En todos estos delitos concurre la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y para el de exhibicionismo la agravante de parentesco.

El acusado, que se exponía a una solicitud de condena de 34 años de cárcel por parte de la Fiscalía, no podrá acercarse a su hija durante el tiempo de condena y una vez que la cumpla tampoco podrá aproximarse en diez años, y deberá indemnizarla con la cantidad de 120.000 euros por los daños morales causados.

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