El desalojo de una vivienda 'okupada' puede llevar hasta dos años

La Kasa de la Muntanya, en lo alto del barrio de Gracia de Barcelona. / cc foto: MickStephenson (Wikimedia)

Efe

Santa Cruz de Tenerife —

El Colegio de Administradores de Fincas de Santa Cruz de Tenerife ha advertido este jueves de que desalojar una vivienda que ha sido ocupada ilegalmente puede costar de 600 a 3.000 euros y prolongarse durante unos dos años, pese a que un hecho de este tipo “siempre es un delito”.

El Colegio Territorial de Administradores de Fincas precisa que una ocupación ilegal supone un delito por allanamiento de morada si se trata de una primera vivienda y de usurpación, si es una segunda residencia o está vacía.

Añade que desalojar y recuperar una vivienda que ha sido “ocupada” es un procedimiento largo y costoso, que puede suponer a los legítimos propietarios de 600 a 3.000 euros y entre uno y dos años de tiempo, debido al procedimiento judicial que hay que emprender.

El Colegio indica que hay una proliferación de la ocupación ilegal de complejos de viviendas vacías en municipios del sur de la isla, un fenómeno que “no es nuevo” para los profesionales colegiados, conocedores de la complejidad que supone desalojar un inmueble que ha sido “ocupado”.

El problema empieza en el momento en que se cambia la cerradura de la vivienda, explica Francisco Hernández, administrador colegiado y vocal de la Junta de Gobierno del CAF de Tenerife, puesto que si no ha ocurrido esto valdría con denunciar y demostrar con la escritura del inmueble ante la Policía que se es el legítimo propietario para que acuda y desaloje a los ocupantes.

Pero lo habitual es que los okupas cambien la cerradura, con lo cual se debe emprender un procedimiento judicial que distingue entre primeras y segundas residencias o la vivienda vacía.

En el primer caso existe un delito de allanamiento de morada (en relación a la inviolabilidad del domicilio que protege el Código Penal) y puede conllevar hasta dos años de prisión, siempre que no haya habido violencia, y en el segundo, de usurpación (en el ámbito del patrimonio de la persona) que se resuelve con multas.

No obstante, el procedimiento puede ser aún más complejo por otros delitos añadidos, puesto que en viviendas vacías los okupas a menudo enganchan luz y consumen agua que no ha sido dada de alta, y a veces producen daños a la propiedad o a las zonas comunes, lo que supone un problema añadido para la comunidad de propietarios.

También complica el proceso la dificultad de identificar en ocasiones a los ocupantes.

En todos los casos se trata de un delito al margen de consideraciones de necesidad social que deben resolver los respectivos municipios, advierte Francisco Hernández, que añade que hay “mafias” que se dedican a facilitar la entrada en una vivienda y que saben cómo sortear la actuación policial en los primeros momentos.

Para el administrador colegiado, pese a ser un delito y prever sanciones importantes, el problema es el tiempo en que se resuelve la situación en la vía judicial y admite que es difícil que los okupas paguen las multas y las habituales costas del juicio, porque generalmente se declaran insolventes.

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