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Luz verde a la norma que regula la recolección de setas silvestres en Castilla-La Mancha

Foto: José F. Arozena

Carmen Bachiller

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado este lunes la Orden por la que se regula la recolección de setas silvestres en los montes de Castilla-La Mancha que entrará en vigor este mismo martes. 

Como ya anunciase eldiarioclm.es el pasado mes de septiembre, la norma limitara la recogida de hongos a cinco kilos por persona y día. Y es que el Gobierno regional considera, y así se recoge en la propia Orden,  que las setas “juegan un papel fundamental dentro del equilibrio de los ecosistemas forestales, lo cual exige garantizar un adecuado estado de conservación tanto de la diversidad de las especies micológicas como de sus hábitats”.

Solo podrán recogerse aquellos ejemplares que hayan alcanzado su tamaño normal de madurez, respetando los ejemplares pasados, rotos o alterados. Aquellas setas recolectadas por error o alteradas, deberán dejarse en el terreno, en su posición natural.

También se especifican los sistemas y recipientes para la recolección y el traslado de las setas por el monte que deberán permitir su aireación y la caída al exterior de las esporas. En cuanto a las herramientas deberán ser navajas y cuchillos.

El terreno deberá quedar “en las condiciones originales” y la norma obliga a rellenar los agujeros producidos en la extracción, en su caso, con la misma tierra extraída. Además, las setas deberán ser recolectadas y transportadas de forma que permitan su correcta identificación taxonómica.

El titular del monte será, “en todos los casos”, el propietario de las setas que fructifiquen en su propiedad y, en aquellos casos en los que no permita la recolección libre de las setas deberá señalizarlo “convenientemente”. Además, la norma prohíbe su recogida durante la noche.

Compatible con la caza, pero no al mismo tiempo

La recolección de setas silvestres será compatible con el resto de aprovechamientos que se desarrollen en un monte como el caso de la caza. Sin embargo, la norma, de cara a “garantizar la seguridad en las jornadas cinegéticas que deberán ser convenientemente señalizadas con dos días naturales de antelación, no se podrá llevar a cabo la recogida de setas en la mancha de caza afectada.

Tampoco se permite la recolección de setas allí donde se estén llevando a cabo aprovechamientos de madera y otras operaciones forestales donde se emplea habitualmente maquinaria.

En cuanto a las sanciones por prácticas prohibidas, la Orden remite a la Ley de Montes y Gestión Forestal Sostenible y advierte que la setas obtenidas de forma fraudulenta podrán ser decomisadas.

Recolección con fines científicos

Además,  la Orden especifica que la recolección con fines científicos, divulgativos y educativos - es el caso por ejemplo de las actividades que realizan las sociedades micológicas- requerirá autorización administrativa cuyo plazo máximo de resolución será de un mes. Precisamente, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de este lunes se incluye el documento necesario para solicitar autorización para la recolección de setas con carácter divulgativo, científico o educativo.

Este era uno de los aspectos que más preocupaba a las sociedades micológicas de la región y que finalmente se ha incluido. Es “difícil de aplicar” en la práctica comentaban algunos expertos a eldiarioclm.es al conocer el borrador de la Orden. Quizá por este motivo, la Orden especifica que “con el fin de la progresiva adaptación” y en relación con la actividad de las asociaciones micológicas, “no será de aplicación hasta el 1 de enero de 2017”.

Y es que, el texto definitivo recoge que, en el caso de jornadas micológicas, se indicará también la fecha de celebración de la actividad y el número máximo de personas que pueden participar. Se requerirá además  una autorización del propietario del monte donde se pretende llevar a cabo la recolección y las setas obtenidas se destinarán “únicamente” a destinos sin ánimo de lucro. Este tipo de autorizaciones solamente se expedirán a las asociaciones micológicas, a los socios de las mismas y las personas físicas que acrediten el desarrollo y participación en proyectos y estudios científicos relacionados con las setas silvestres.

Tiempo de adaptación para los ayuntamientos

También se especifica que los Ayuntamientos dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2017, para adaptar sus ordenanzas municipales a lo dispuesto en la nueva Orden que, por cierto, ha cambiado notablemente desde su borrador inicial. Por ejemplo, ha desaparecido del texto el listado de especies recolectables que fue muy criticado por las sociedades micológicas por incompleto, entre otras cosas. La Orden es  el “germen” para un futuro Decreto “más ambicioso”, según explicó a eldiarioclm.es uno de los redactores de del texto, en el que entre otras cosas se espera dar luz verde a los cotos de setas.

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