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Un paso más para iniciar el Plan de Acción contra el Ruido en carreteras

Europa Press

Francisca Bravo Miranda

Este pasado domingo 8 de octubre finalizó la información pública de los trabajos de la tercera Fase de Elaboración de Mapas Estratégicos de Ruido de las carreteras autonómicas dependientes de la Junta de Castilla-La Mancha. Se trata de documentos que, según la directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo sobre evaluación y gestión del ruido ambiental y la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, son obligatorios en el caso de los “grandes ejes viarios”.

Un mapa de estas características se define como un documento gracias al cual se puede evaluar “globalmente” la exposición al ruido en una zona determinada, en las que existan distintas fuentes de ruido. Además, se podrá realizar predicciones para estas zonas. Funciona así como un instrumento para evaluar la exposición al ruido, con información sobre los niveles sonoros y sobre la población expuesta a determinados intervalos de esos niveles de ruido, además de otros datos exigidos por las distintas legislaciones que regulan este tipo de exposiciones.

Las carreteras autonómicas CM-10, CM-42, CM-45, CM-1002, CM-1007, CM-1008, CM-101, CM-3166, CM-40, CM-4003, CM-401, CM-4008, CM-4010 y CM-4013 fueron los ejes viarios que se sometieron a información pública en la última fase de los Mapas Estratégicos de Ruido. Los resultados que se obtengan, deberán comunicarse a la Comisión Europea para poder aplicarse la Directiva comunitaria correspondiente. Sin embargo, los mapas todavía deben ser aprobados, tras comprobarse las alegaciones recibidas, y así se podrá pasar a la fase del Plan de Acción contra el Ruido, la última de la elaboración de estos mapas.

El Plan (PAR) se configurará como un instrumento de carácter tanto preventivo como corrector y que servirá para afrontar de forma global los aspectos relativos a la contaminación acústica. En él se fijarán también acciones prioritarias para el caso de incumplirse los objetivos de calidad acústica. Esto se realizará a través de medidas concretas para establecer cuáles son los lugares donde se superan los valores límites o de los criterios que eligen las administraciones.

En resumen, se trata de un documento de planificación que servirá como una “guía” para detectar las zonas en las que, debido a su calidad acústica, sea necesario actuar por parte de la administración competente, en este caso, la Junta de Comunidades. Las medidas que se consideren necesarias se desarrollarán a través de proyectos de construcción en los que se calcularán las soluciones que se incluyan en el PAR, que funciona como una herramienta “previa” a las medidas correctoras de las zonas más expuestas al ruido de los ejes viarios.

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