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Sobre este blog

La igualdad de género, el feminismo y la lucha contra cualquier forma de violencia machista conforman algunos de nuestros principales focos informativos. Por ello en este espacio recopilamos las noticias y novedades en torno al Día Internacional de las Mujeres que se conmemora el próximo 8 de marzo.

¿Cuáles son mis derechos y opciones legales ante una violación en cita?

Las relaciones no consentidas también son violencia de género

Carmen Bachiller

En España, durante el pasado año 2016 se produjeron un total de  10.844 delitos contra la libertad sexual, de los que 348 se produjeron en Castilla-La Mancha según los datos al Anuario Estadístico del Ministerio del Interior. La violencia sexual responde a tipologías muy variadas y la sufren tanto mayores como menores de edad.  Muchas de las agresiones o de las violaciones no llegan a denunciarse por miedo o por desconocimiento.

La llamada ‘violación en cita’ es un tipo de agresión sexual que ocurre en encuentros pactados con un amigo, conocido o con alguien que se acaba de conocer. En ocasiones, se trata de  alguien con quien ya se mantuvo una relación sexual consentida. Se dan casos en los que la víctima siente que es la que ha propiciado o provocado la agresión y se ve obligada a mantener relaciones sin desearlo.

 Según los datos manejados por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha es una de las formas de violencia de género que más predomina entre la juventud. Sucede a menudo durante el tiempo de ocio en discotecas, en las fiestas de pueblos y ciudades o en las ‘quedadas’ con amigos o conocidos. Este verano se desarrolla una campaña en toda la región para prevenir e impulsar una sociedad “más igualitaria” en la que se  respeten los derechos sexuales de las personas porque “Sin un Sí, es No”.

¿Qué ocurre cuando la víctima de la violación en cita es menor de edad? Margarita Cerro, presidenta del Colegio de la Abogacía de Castilla-La Mancha nos da algunas claves para que víctimas y familiares puedan enfrentarse a esta situación.

  1. - Primer paso: denunciar los hechos

Margarita Cerro sostiene que “en todo caso” si la víctima ha sufrido una agresión sexual “debe denunciar  los hechos” para que no queden impunes. Entiende que, desde el punto de vista jurídico, si la agresión se produce en la primera cita “no  considerará violencia de género, dado que no existe,  ni ha existido relación de afectividad entre ellos” pero, aclara que sí se puede pedir una orden de protección.

Aunque la persona que ha sufrido la agresión no tiene derecho a asistencia letrada, como víctima (de acuerdo con el Estatuto de la Víctima), sí tiene derecho a estar acompañada por una persona de su elección. “De hecho debe estar acompañada porque así estará más segura, tranquila y cómoda a la hora de declarar”, recomienda.

  1. - La importancia de la edad y el consentimiento

En este tipo de agresiones, explica la abogada, “es muy importante el consentimiento  y la edad de la víctima”. De hecho, añade, “el consentimiento es el eje primordial para entender que existe o no delito”. El Código Penal establece diferencias entre mayores y menores de 16 años.

Margarita Cerro alude a la jurisprudencia que exige manifestar la falta de consentimiento. “Se debe incidir en que los jueces deben ser menos exigentes  a la hora de acreditar  el ‘no consentimiento’ de la víctima”, un asunto que reconoce es “controvertido”.

En el caso de que víctimas menores de 16 años, se establece en todos los casos la presunción de la ausencia de consentimiento, por estimar que la inmadurez psíquica de los menores les impide la libertad de decisión necesaria. “Estas acciones son constitutivas, en cualquier caso, de un delito de abuso sexual”.

Pero no es tan sencillo ni se trata de una aseveración jurídica “absoluta”, reconoce la abogada,  porque el Código Penal  incluye una cláusula de exclusión de la responsabilidad penal para los casos en que medie el consentimiento del menor de dieciséis años  Eso sí, siempre y cuando se cumplan dos cosas: que el autor de la violación sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez y siempre que no concurra violencia, intimidación o engaño.

En este sentido, explica, “el consentimiento eficaz supondrá, más allá del mero asentimiento externo o formal, un ejercicio real de la libertad personal del menor en el ámbito sexual, ausente de cualquier elemento que lo coarte, limite o anule, conforme a su madurez intelectual y emocional”. Esto es lo que valorará el juez en el caso de que se llegue a juicio.

  1. - ¿Cómo aportar pruebas de una violación?

Margarita Cerro alude también a la importancia de contar con pruebas que permitan apoyar el testimonio de la víctima y que propicien la condena del agresor. Por eso, en caso de violación, lo recomendable es acudir de forma inmediata a Urgencias sin lavarse o ponerse ropa limpia y, en el caso de que sea necesario un cambio de ropa, hay que meterla en una bolsa para la posterior recogida de muestras.

La presidenta del Consejo de la Abogacía de Castilla-La Mancha aporta un último dato. Aunque la víctima de una violación no tenga reconocido el derecho a la asistencia letrada en el proceso de redacción de la denuncia, sí podría solicitar la justicia gratuita de cara a ejercer la acusación particular en el procedimiento penal  que se incoará por los hechos denunciados. Si se trata de una persona menor de  edad, deberá hacerlo  su representante legal.

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