Los clientes están más cerca de recuperar el dinero pagado de más en las hipotecas multidivisas

Imagen de archivo de una protesta contar los deshaucios.

Piedad Oregui

Para muchas de las personas (unas 70.000, según las principales plataformas de afectados) que hace ya años suscribieron una hipoteca multidivisa, el pasado 15 de noviembre fue un buen día. Y lo fue porque se hizo pública una sentencia del Tribunal Supremo que ha abierto de par en par las puertas (otras sentencias anteriores ya habían empezado a “empujar” en esta dirección) a esos miles de afectados por las hipotecas multidivisa para que reclamen judicialmente lo pagado de más a lo largo de muchos años.

Las hipotecas multidivisa nacieron hace más o menos una década. Básicamente se comercializaron entre 2006 y 2008. El cliente podía elegir entre distintas monedas: yenes, francos suizos, libras… para pagar las cuotas de su préstamo. En esas fechas, la ventaja parecía clara: el tipo de interés que se pagaba en euros era mayor que el que se pagaba en esas otras divisas. Las desventajas también lo eran, pero no se contaban claramente: existía un fuerte riesgo al apostar contra el euro. No solo se recalculaba periódicamente la letra mensual sino también el importe de la hipoteca. ¿Resultado tras una década? Hay hipotecados que deben más dinero del que solicitaron inicialmente; hay hipotecas que han pagado a lo largo de todos estos años 40.000, 50.000, 60.000 euros de más. y, sobre todo, hay muchas personas que han vivido bajo una situación de tensión económica, judicial y personal durante muchos años.

¿Qué establece la sentencia del Supremo?

¿Qué deja claro la reciente sentencia del Tribunal Supremo, explicada en términos sencillos? Tres aspectos fundamentales.

1º. Las entidades financieras deben ser transparentes; es decir, deben dar al cliente información completa sobre los riesgos de contratar una hipoteca en una moneda distinta al euro no solo antes de que la suscriba sino también durante su vigencia. No se trata de un “cliente que no sabía lo que firmaba” sino que “el banco debe ser quien se asegure de que el hipotecado conoce siempre los riesgos y si no lo hace, su hipoteca será nula”. Ahora es ya el banco (no el hipotecado) el que debe demostrar que dio toda la información precisa de forma detallada. El hecho de que la hipoteca se firmara ante notario (y que éste leyera alguna información sobre los riesgos) no evita la nulidad del préstamo si éste no ha sido transparente. Resumiendo y, tal y como señala la sentencia: “La falta de transparencia de las cláusulas relativas a la denominación en divisa del préstamo y la equivalencia en euros de las cuotas de reembolso y del capital pendiente de amortizar, no es inocua para el consumidor sino que provoca un grave desequilibrio, en contra de las exigencias de la buena fe…”.

2º. Se puede reclamar cualquier hipoteca multidivisa: incluso las que se han cancelado o las que se han ejecutado. No hay plazos de prescripción porque la nulidad no tiene fecha de caducidad.

3º. La sentencia declara la nulidad parcial del contrato de préstamo, que supone que “la nueva hipoteca” tiene que quedar concedida en euros y amortizada en euros. Por tanto, al “recalcular” la hipoteca a euros, el cliente puede reclamar todos los intereses/amortizaciones que haya pagado de más. (Ahí están los 40.000. 50.000 o 60.000 euros antes mencionados).

Al respecto de la sentencia del Tribunal Supremo cabe añadir que con ella se ha adaptado la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que hace poco más de dos meses consideró que las hipotecas multidivisa pueden ser calificadas como abusivas cuando los clientes no han sido convenientemente advertidos de los riesgos.

Queda, pues, iniciar el camino de la negociación con el banco o la reclamación judicial. Para esto último es importante recopilar toda la información que sobre la hipoteca multidivisa se tenga disponible: desde recibos pagados, pasando por la escritura de formalización de la misma hasta cualquier documentación remitida por la entidad al respecto de los efectos del cambio de divisa… Por supuesto, no es menos vital seleccionar bien quien se ocupará de ello. Debe tratarse de profesionales del derecho con especialización en derecho financiero. Según nos cuenta Arriaga Asociados, la estrategia que desde el principio diseñaron para la defensa de sus más de 1.000 representados en hipoteca multidivisa fue precisamente el control de transparencia, que es la clave de la sentencia del Supremo. Asesórese sin compromiso y de forma gratuita en el 900 264 600.

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