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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Carrero Blanco y el franquismo sociológico

Gonzalo Boye Tuset

Las cada vez más abundantes condenas por delitos de enaltecimiento y/o menosprecio a las víctimas del terrorismo, junto con ser auténticas aberraciones jurídicas, lo que realmente reflejan es una serie de problemas de mucho mayor calado que, sin duda, no se solucionarán por la vía del desahogo en redes sociales ni a través de diversos y bienintencionados artículos de opinión (el mío incluido); lo que se necesita es, primero, identificar los problemas y, después, buscar soluciones claras y consistentes que impidan que esta forma de actuar se transforme en la antesala de un sistema represivo irreversible.

Partiré por los problemas, tratando de resumirlos en aquellos que parecen más evidentes.

En primer lugar, tenemos una legislación creada en un momento histórico diferente y que muchos justificaron por razones de seguridad, tal cual en USA se justificaron los recortes de libertades y las bestialidades cometidas en lo que Bush denominó “la guerra contra el terror”. Este tipo de legislaciones, que muchos aplauden cuando a ellos no se las aplican, son las tierras de las que provienen los lodos actuales.

En segundo lugar tenemos una jurisdicción, la de la Audiencia Nacional, que no se justifica ni ahora ni nunca, pero que por iguales razones se ha tendido a respaldar atribuyéndole una suerte de especialización que, realmente, no es tal como está quedando en evidencia en la actualidad. La verdad es que se trata de un Tribunal especial y no especializado porque la especialización implica un trabajo previo y constante de formación en aquellas áreas sobre las que tiene competencia, requisito no cumplido por muchos de los que allí ejercen la función jurisdiccional.

En tercer lugar, en casos como los de Cassandra o Strawberry –por poner solo algunos ejemplos– es donde más claramente se refleja lo que, a mi juicio, es el problema más grave: pretenden que asumamos una línea de continuidad entre dictadura y democracia y, sobre esa base, que aceptemos a Carrero Blanco como víctima del terrorismo. Tal planteamiento no solo es una reescritura de la historia sino la negación de la necesaria ruptura que ha de existir entre dictadura y democracia, matar a un tirano no puede ser considerado un acto terrorista, lo cometa quien lo cometa.

Las soluciones, como siempre, parecen más difíciles que la concreción de los problemas, en todo caso para cada mal siempre hay un remedio.

Ante el enjambre legislativo creado ad hoc para luchar contra ETA, lo que corresponde es un trabajo de derogación de muchas de esas normas, de la adaptación de otras a un sistema y cultura democrática y, sobre todo, a la asunción de un marco jurídico-penal de largo recorrido que sepa colocar al Derecho Penal donde le corresponde como última ratio del poder punitivo del Estado. Es inaceptable que en nuestro Código Penal existan, al menos, 7 tipos penales que repriman aquello que no es más, pero tampoco menos, que libertad de expresión.

Desmontar este andamiaje legal no es técnicamente sencillo, pero es muy difícil llevar a la práctica porque se requiere de un consenso político que permita la aprobación de una Ley Orgánica mediante la cual se pueda reformar, por vía de derogación y/o reubicación sistemática, aquellas normas que a un conjunto amplio de la ciudadanía nos resultan odiosas y que, en términos generales, no son más que normas carentes de espíritu democrático que se están usando para reprimirnos.

En cuanto a la Audiencia Nacional, no me cabe duda de que es un órgano sin sentido constitucional y que debería dejar de existir, no hay razones técnicas que obliguen a mantenerlo en el organigrama jurisdiccional y basta una mirada a nuestro entorno para comprender que un Tribunal de estas características no es necesario ni para luchar contra el terrorismo, ni contra la corrupción ni contra el crimen organizado.

Lo que realmente se necesita para luchar contra aquellas formas más graves y complejas de la criminalidad es justamente lo que ya tenemos: fiscales especializados y jueces independientes allí donde los delitos son cometidos. No resulta lógico ni natural, desde una perspectiva constitucional, la existencia de un órgano supuestamente especializado que ha servido y sirve como correa de transmisión de una visión pre-democrática del Estado.

La Audiencia Nacional lleva años, desde el fin de la actividad terrorista de ETA, intentando atraer competencias llegando hasta extremos tan absurdos como investigar a bandas de ladrones de casas, con el único propósito de justificar su propia existencia; sin embargo, y a través de las aberraciones jurídicas que estamos viendo en materia de libertad de expresión, queda en evidencia que la pervivencia de este órgano jurisdiccional es dañina para nuestra democracia y, en muchos caso, un autentico impedimento para romper definitivamente con la dictadura y adentrarnos en el proceso de construcción de una auténtica democracia.

En cuanto al tercero de los problemas, la línea de continuidad entre dictadura y democracia, el problema es mucho más complejo porque refleja la perpetuación del franquismo sociológico al que están adscritos muchos de aquellos que han dictado las normas que se usan para reprimirnos y han creado y mantienen un órgano jurisdiccional como la Audiencia Nacional y, especialmente, muchos de los que están dictando las resoluciones que tan aberrantes nos parecen y con las cuales se construye y refuerza ese relato continuista.

Considerar a Carrero Blanco como una víctima del terrorismo no es más que un síntoma de ese franquismo sociológico del que hablo porque a muchos nos resulta evidente que “por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida”, como decía Cervantes por boca de Don Quijote y que “cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es, para el pueblo y para cada una de sus porciones, el más sagrado de los derechos y el más indispensable de los deberes” como se establecía en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 porque si los derechos humanos no son protegidos por un régimen de Derecho los ciudadanos se ven compelidos al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión, tal cual reconoce la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

Carrero Blanco fue parte importante de una atroz dictadura y un auténtico represor que no merece la protección que el Derecho Penal le da a las víctimas del terrorismo. Que su asesinato lo haya cometido ETA no le convierte, automáticamente, en víctima del terrorismo porque el contexto siempre ha sido y es relevante. La actividad de ETA, y de cualquier grupo armado, durante una dictadura no puede ni debe ser evaluada con los mismos parámetros que la que se cometa en democracia, la diferencia no se le escapaba a San Agustín pero sí, interesadamente, a los de misa diaria o semanal. No ignorar quién fue Carrero Blanco y cuál fue su “obra” es imprescindible a la hora de enjuiciar dichos, que no hechos, como son las expresiones contenidas en diversos tuits.

En cualquier caso, mientras no superemos esa concepción continuista de nuestra historia reciente, relegando el franquismo sociológico a la marginalidad, dará lo mismo las reformas legales que emprendamos tanto para reformar el Código Penal como para suprimir la Audiencia Nacional. El problema no son, únicamente, las normas, sino el uso y la interpretación que de ellas se hace por parte de aquellos que, sociológicamente, siguen siendo franquistas.

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