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Derecho civil, el gran olvidado en la campaña electoral

El Tribunal Constitucional deroga Ley del Régimen Económico Matrimonial Valenciano.

Laura Martínez

La defensa del derecho civil valenciano se convirtió durante unos meses en parte importante de los discursos de los partidos políticos en la Comunidad Valenciana. La amenaza de que el Tribunal Constitucional (TC) declarara nulas tres leyes que regulan los matrimonios valencianos -referentes al régimen económico, uniones de hecho y custodia compartida- albergaba a su vez otro debate más amplio: si las Cortes Valencianas pueden o no promulgar leyes en materia de derecho civil foral.

Les Corts y el Consell, así como Compromís y el PP por cuenta propia, trataron de convencer al Gobierno central -quien interpuso años atrás los recursos ante el TC- de que los retirase, ante el riesgo para la soberanía legislativa que supondría que el Constitucional entendiera que la cámara valenciana no tiene estas competencias. Sin embargo, ni las declaraciones institucionales, ni la Proposición No de Ley de Compromís en el Congreso, ni las conversaciones de Isabel Bonig con su partido en Madrid lograron que el Gobierno retirara los recursos.

Llegó la primera sentencia del Constitucional, que derogó la Ley de Régimen Económico Matrimonial y estableció que les Corts sí sí posee competencia legislativa en materia de derecho civil valenciano, pero dicha competencia está limitada al desarrollo de las normas que existieran en la Comunitat a la entrada en vigor de la Constitución. Dicho de otro modo, que tiene competencias, pero para regular sus costumbres.

Tras el golpe del Constitucional, la reivindicación valenciana de la asunción de competencias tendría que materializarse desde el Gobierno central, para cuya elección de gestión hay convocados unos comicios generales el próximo 26 de junio. Los candidatos a formar y presidir gobierno exponen en sus programas y en su campaña electoral cuáles son sus objetivos, propósitos y aspiraciones para gestionar el país. Sin embargo, en el ámbito valenciano, la reivindicación del derecho a decidir la legislación civil es el gran olvidado de los partidos.

Salvo la candidatura de confluencia Compromís-Podemos-EU, A la Valenciana, ninguna formación lleva ni en su programa electoral, ni en su agenda de actos esta reivindicación. Si bien, cabe destacar que de las candidaturas que optan a escaño por las tres circunscripciones de la Comunidad Valenciana, es la única candidatura con un programa exclusivamente valenciano. El resto de formaciones comparten programa y campaña en todo el territorio nacional y es el argumento que esgrimen las formaciones para excluir esta demanda.

A la valenciana establece en su programa electoral una reforma constitucional para garantizar el reparto de competencias entre el Estado y las autonomías, entre las que se incluye la legislación civil. El punto 998 de su programa establece lo siguiente: “Modificación del artículo 149.1.8 de la Constitución para garantizar la posibilidad de que todas las comunidades autónomas, sin distinción, puedan legislar en materia de Derecho civil propio en las mismas condiciones”. En su programa para las elecciones de 2011 Compromís, pilar de esta candidatura de confluencia, ya dejaba ver esta propuesta en su epígrafe dedicado al autogobierno. En él, no hacían mención específica al derecho civil, sino que abogaba por el desarrollo de lo previsto en el artículo 150.2 de la Carta Magna y, por tanto, “asumir todas las competencias posibles (cercanías, puertos, aeropuertos, costas, instituciones penitenciarias)”.

Desde A la Valenciana prefieren una nueva redacción que defina de forma clara los conceptos y delimite las competencias. Según la formación, el término “derecho civil” es, como ocurre a menudo en derecho, un concepto académico que se ha consolidado a lo largo de los años, por lo que está abierto a cierta interpretación. La candidatura busca una redacción que evidencie que todas las autonomías tengan un techo de legislación con un denominador común: la unidad de mercado y la igualdad de los ciudadanos en sus posiciones jurídicas.

El objetivo con esta reforma sería obtener un texto similar al de la Constitución de la República de 1931 que en su título primero delimitaba de forma tajante las competencias en materia de derecho civil. Así, el texto indica que corresponde al Estado español la legislación “y podrá corresponder a las regiones autónomas la ejecución, en la medida de sus capacidades políticas”, de, entre otras materias, en cuanto a derecho civil, respecto a “la forma del matrimonio, la ordenación de registros e hipotecas, las bases de las obligaciones contractuales”.

Defensa desde les Corts

En el ámbito autonómico los partidos han luchado con más intensidad por este fin. PSPV, Compromís y Podemos presentaron una enmienda para pedir un informe jurídico a la Comisión de Codificación Civil valenciana sobre las vías que existen para que el Estado reconozca a la Comunitat estas competencias.

El PP, al margen de las conversaciones con sus compañeros de partido en la Calle Génova invocó una Comisión bilateral entre las comunidades y el Ministerio de Hacienda “para limar asperezas sobre estos temas” Sin embargo, la reivindicación tendrá que esperar.

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