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La Generalitat incluirá como Bien de Relevancia Local el patrimonio histórico de la Guerra Civil

Imagen de un bunker en la costa de Altea

Toni Cuquerella

Elementos como aeródromos, refugios o trincheras de la Guerra Civil serán considerados Bienes inmuebles de Relevancia Local (BRL) después de que la Generalitat haya modificado la Ley de patrimonio cultural valenciano. De este modo se incluirá el patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana, además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana, como todos aquellos edificios que se utilizaron de sede del gobierno de la República, así como los espacios relevantes que utilizaron personajes importantes del conflicto entre 1936-1939.

Todos estos inmuebles deben estar construidos con anterioridad al año 1940, y la consellería, con la colaboración de la Junta de Valoración de Bienes, deberá ejecutar un inventario específico de estos bienes en el que se diferenciará explícitamente entre bienes protegidos y bienes solo a documentar, conforme a su relativa importancia patrimonial, así como los lugares de la memoria, que pasarán a ser documentados por su importancia histórica.

Se considera fundamental la protección de los aeródromos, refugios, trincheras simples o compuestas, trincheras simuladas, parapetos, polvorines, zanjas de tirador y para mortero, canales de comunicación, observatorios, lugares de mando, elementos de resistencia blindados (nidos de ametralladoras, lugares de tirador, casamatas, búnkeres o fortines), balsas para refrigeración, abrigos para tropa, almacenes subterráneos, galerías subterráneas, refugios, memoriales y todos aquellos elementos constructivos relacionados con la arquitectura militar de este conflicto.

La figura de Bien de Relevancia Local es declarada por los ayuntamientos que deben incluir estos elementos en su catálogo de bienes y espacios protegidos. No obstante, la conselleria competente en materia de cultura podrá exceptuar este reconocimiento para elementos que, analizados singularmente, no acrediten reunir valores culturales suficientes para su inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

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