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Mentiras, verdades y algún absurdo (o algo peor) en el conflicto por la encuesta fallera en Valencia

El concejal Pere Fuset, en la presentación de los resultados de la encuesta.

Adolf Beltran

La Agencia Española de Protección de Datos ha abierto un expendiente al Ayuntamiento de Valencia por la realización de una encuesta de opinión entre el colectivo vinculado a las Fallas. En el sondeo, encargado por el concejal de Cultura Festiva, Pere Fuset, participaron 963 falleros de un censo de unos 45.000.

Del relato de las comprobaciones realizadas por sus inspectores, que recoge el documento firmado por la directora de la Agencia, Mar España, deduce el organismo que puede haberse cometido una falta muy grave por el tratamiento sin permiso expreso de datos personales de carácter político e ideológico por parte de la institución. Sin embargo, la conclusión de lo que allí se explica podría haber sido totalmente la contraria.

A lo largo de la polémica que arrancó con la queja indignada del PP, desde su papel de oposición al equipo que encabeza Joan Ribó, cuando el sondeo todavía estaba realizándose, se han hecho afirmaciones falsas, hay hechos verdaderos y se generan consecuencias que pueden llevar al absurdo de considerar que vulneran la ley de protección de datos la mayoría de los sondeos sobre preferencias políticas que hacen las empresas demoscópicas.

¿Denunció el PP la realización de la encuesta que tanto criticó en los medios? No. La Agencia Española de Protección de Datos ha actuado de oficio en este caso, hecho poco habitual. Solo después de conocerse la apertura del expediente, un asesor de los populares en el Ayuntamiento ha anunciado que recurrirá la realización del barómetro municipal, otra encuesta que ha puesto en marcha el actual equipo de gobierno de Compromís, el PSPV-PSOE y València en Comú y del que ya se ha llevado a cabo una primera entrega sin que se hubieran producido hasta ahora más denuncias que la crítica política de la oposición.

¿Incluyó la encuesta fallera preguntas sobre el alcalde Joan Ribó y los concejales? En la prensa local se publicaron supuestas preguntas del sondeo como estas: “¿Cree que Joan Ribó está haciendo una buena gestión del gobierno municipal?”, “Diga los tres concejales que están haciendo una mejor gestión en el Ayuntamiento”. Ninguna de ellas formó parte de la encuesta.

¿Qué preguntas de la encuesta considera la Agencia de Protección de Datos para su intervención? Se trata de las referidas a preferencias políticas y electorales. Por ejemplo la que dio como resultado que a un 22,3% de los falleros encuestados les gustaría que ganara el PP, al 20,6% el PSPV, al 15% Compromís, al 10,1% Ciudadanos y al 7,1% València en Comú (Podemos). En otro apartado se preguntó por la definición religiosa (católico practicante, católico no practicante, creyente de otra religión, no creyente, ateo o no sabe/no contesta eran las opciones).

¿Se pidieron datos personales en la encuesta? Sí, como en muchas encuestas, se solicitó el nombre y dirección con carácter opcional y se pedía también un número de teléfono con carácter obligatorio que se sustituyó por el de la propia empresa encuestadora en aquellos casos en los que tampoco se quería dar.

¿Se vincularon los datos personales a las respuestas?. La empresa encargada, Invest Group, aplicó el protocolo habitual en este tipo de trabajos. Lo explica el propio documento de la Agencia: “Los datos de las respuestas de las encuestas son incorporados en un fichero y los datos que pueden identificar a la persona (nombre, dirección, teléfono móvil) en otro separado, de tal forma que los datos de cada encuesta realizada se almacenan de forma disociada”.

¿Para qué se usaron los datos personales? Todos los sondeos tienen unos requisitos de supervisión y validación de los resultados. En este caso eran del 15% de las encuestas. Mediante llamadas telefónicas aleatorias se confirma que las encuestas se han realizado efectivamente. Solo en el caso de que alguien niegue haber sido encuestado, un identificador asociado a sus datos y a la encuesta que se le atribuye permite eliminar del estudio sus respuestas. Posteriormente, en un plazo corto, como también recogen los inspectores de la Agencia, “los datos identificativos se borran al finalizar el periodo de supervisión, estando previsto que se supriman totalmente el 1 de julio de 2017, eliminando totalmente la posibilidad de revertir la disociación”, como así ocurrió.

¿Se recogieron datos personales sin consentimiento? Es obvio que hubo consentimiento desde el momento en que quien quiso pudo negarse a aportar su nombre y domicilio e, incluso, su teléfono.

¿Fue suficiente ese consentimiento? La Agencia señala que la ley considera “datos especialmente protegidos” los relacionados con ideología y creencias. Por lo que se exige “un consentimiento expreso que conste por escrito”. Algo que no se hizo en la encuesta y que no se hace en la mayoría de las encuestas de opinión política y electoral, más teniendo en cuenta que suelen hacerse mediante entrevistas telefónicas.

¿En qué consiste tratar “datos personales que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias”? Responder anónimamente a una encuesta, parece obvio, no es tratar datos de carácter personal. El documento de la propia Agencia define así el tratamiento de datos: “Operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, inteconexiones y transferencias”. Y concluye que eso es lo que se ha hecho en la encuesta fallera. “Se deriva un tratamiento de datos de ideología y religón de las personas que cumplimentaron la encuesta”, asegura. Para concluir que “existe un tratamiento de datos especialmente protegidos sin el consentimiento expreso y por escrito de los afectados en el sentido exigido en el artículo 7.2 de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos)”.

¿Sirve de algo disociar los ficheros para mantener el anonimato? De acuerdo con lo que señala el expediente de la Agencia al Ayuntamiento de Valencia, parece que no, ya que da por hecho que, pese a haber observado ese protocolo de actuación, se ha dado uso a datos de carácter personal sin consentimiento expreso y por escrito. El absurdo al que eso conduce es el de considerar que cualquiera que responda a una encuesta de opinión sobre temas políticos debe firmar un consentimiento expreso y por escrito para el tratamiento de sus datos personales por parte de las empresas encuestadoras. Lo que invalida los procedimientos que todo el sector demoscópico está aplicando.

¿Ha tratado el Ayuntamiento de Valencia datos personales? No. Como recoge el relato de los inspectores de la Agencia, es la empresa Invest Group la que ha realizado la encuesta y aplicado el tratamiento. El Ayuntamiento ha recibido los resultados agregados de la encuesta.

¿Por qué se abre expediente al Ayuntamiento? Aquí es donde se produce el absurdo más curioso. La resolución de la Agencia, firmada el 4 de agosto, exige al Ayuntamiento que, “en el plazo de tres días cese en la utilización ilícita de los datos de carácter personal registrados en las encuestas, recabados en el marco de la percepción social del colectivo fallero en relación con el proceso de patrimonialización de la fiesta de las Fallas”. Añade que, caso de no hacerse, “podrá acordar la inmovilización de aquellos tratamientos, a los solos efectos de restaurar los derechos de las personas afectadas”. En el Ayuntamiento, que tiene diez días hábiles para presentar alegaciones, se preguntan en qué tratamiento tiene que cesar si solo tiene los resultados globales de una encuesta que ya se ha hecho pública.

¿Qué es la Agencia Española de Protección de Datos? Es el organismo encargado de velar por la garantía del derecho fundamental a la protección de datos de los ciudadanos. En teoría, es independiente del Gobierno, con el que se relaciona a través del Ministerio de Justicia. Normalmente actúa a instancias de las denuncias de ciudadanos, aunque también puede intervenir de oficio. Asesorada por un Consejo Consultivo, la persona que dirige la Agencia es nombrada por el Gobierno a propuesta del ministro de Justicia. La actual directora es Mar España, que fue viceconsejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el gobierno de Castilla-La Mancha que presidió María Dolores de Cospedal, secretaria general del PP y actual ministra de Defensa.

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