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El BBVA plantea que los trabajadores sufraguen parte de su indemnización por despido

El BBVA plantea que los trabajadores sufraguen parte de su indemnización por despido

EFE

Madrid —

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Un informe de BBVA Research plantea incentivar la contratación indefinida modernizando el sistema de indemnización por finalización de contrato y aquí propone que una parte dependa de la antigüedad y otra de una cuenta de ahorro individual, que se nutriría de aportaciones periódicas.

En rueda de prensa, el economista jefe de Economías Desarrolladas de BBVA Research, Rafael Doménech, ha explicado que se trataría de un fondo de capitalización o “mochila indemnizatoria” a la que se accedería en caso de despido o jubilación, lo que, en su opinión, aumentaría el porcentaje de indefinidos, mejoraría la productividad, los salarios medios, el consumo privado, la inversión de las empresas y la productividad.

En concreto, esta “mochila”, que copia en parte el modelo austríaco, se nutrirá de aportaciones periódicas por un importe equivalente a 8 días de salario por año trabajado, lo que supone el 2,19 % del salario bruto anual.

Ha precisado que el trabajador dispondría de un salario corriente y un salario diferido, que sería el que va a la cuenta de ahorro.

El economista jefe de BBVA Research, que ha desvelado esta iniciativa contenida en el informe “Observatorio Económico España sobre el mercado laboral”, presentado hoy en rueda de prensa, ha asegurado que “este es el mejor momento” para sacar adelante esta medida que sería de aplicación inmediata para todos los nuevos contratos, “si los agentes sociales están de acuerdo”.

Ha hecho hincapié en que con este sistema “la empresa no pierde y el trabajador sale beneficiado ya que se reduce la incertidumbre”, y ha insistido en que se trata de una propuesta “modulable”, en la que los agentes sociales “tendrán mucho que decir”.

A la pregunta de quién controlaría la “mochila”, Doménech ha abogado por el control público y se ha decantado porque sea la Seguridad Social la que gestione el fondo de capitalización.

El economista jefe de BBVA Research ha descartado que la propuesta suponga un abaratamiento del despido y ha subrayado que lo único que hace es reducir “la incertidumbre sobre un coste implícito que tiene la indemnización por despido”.

En su opinión, la medida sólo da “certidumbre” y hace “explícita” la indemnización. Además ha sido tajante al asegurar que el coste laboral para la empresa es el mismo.

Doménech ha precisado que si el trabajador no es despedido recibirá la indemnización en el momento en el que se jubila, si bien también se contempla que lo pueda “rescatar” parcialmente.

El economista jefe de BBVA ha querido dejar claro que se trata de proponer medidas para “contribuir al debate” y ha recalcado que la nueva propuesta sería, en definitiva, un “seguro” para el trabajador.

El informe, elaborado por BBVA Research y la colaboración de la Fundación Sagardoy, también señala que cuando la remuneración estuviese limitada por el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) la contribución a la cuenta de ahorro individual sería realizada por la administración pública, lo que equivaldría establecer una bonificación de 2,19 puntos a la cuota patronal de la Seguridad Social.

En caso de contrato temporal, junto a la aportación de 8 días de año trabajado en la cuenta individual, se mantendría la indemnización por finalización de contrato de 12 días de salario por año trabajado con independencia de la causa.

El informe también diferencia entre el despido procedente y el declarado improcedente.

En caso del primero, si el trabajador recupera el fondo obtendría 8 días de salario por año trabajado si la antigüedad en la empresa es de un año, 12 días si es de dos años, 16 si es de tres y 20 si es de cuatro años o más.

En el caso de despido improcedente, el coste sería de 4 días de salario por año trabajado el primer día, aumentado en 3 días con cada año de antigüedad en la empresa hasta un máximo de 25.

Además, el informe aconseja la reducción de contratos a tres: indefinido, que debería ser la figura contractual por defecto, temporal causal y contrato para la formación y aprendizaje, que favorezca la transición al empleo indefinido una vez completado el proceso formativo.

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