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CE revela que España estudia posibles prácticas irregulares en sector lácteo

Bruselas —

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La Comisión Europea (CE) ha revelado que las autoridades españolas están estudiando posibles prácticas anticompetitivas en el sector lácteo, consistentes en intercambios de información o acuerdos de reparto de mercado.

El comisario europeo de Competencia, Joaquín Almunia, indicó en respuesta a una pregunta parlamentaria del diputado Ramón Tremosa (CIU) que las investigaciones de las autoridades españolas de competencia se centran en “el mercado de suministro de leche cruda de vaca”.

Tremosa denunciaba que una de las cinco grandes explotaciones lecheras catalanas se verá obligada a cerrar porque la empresa con la que tenía contratada su distribución no le va a comprar más leche.

“No obstante, se da la paradoja de que Cataluña es deficitaria en la producción de leche, al igual que el resto de España, pues se consumen anualmente unos nueve millones de toneladas y se producen seis millones”, añadía el diputado.

El diputado preguntaba a Almunia si las leyes de competencia se pueden aplicar en este caso, “puesto que las pymes productoras catalanas están siendo gravemente perjudicadas”.

Almunia indica que las prácticas que España investiga consistirían en intercambios de informaciones, acuerdos de reparto de mercado y la imposición de condiciones comerciales en el mercado de suministro de leche cruda de vaca.

En ese contexto, “se han efectuado inspecciones en varias asociaciones y compañías lácteas, especialmente en Cataluña”.

El comisario aclara, por otra parte, la legislación por la que se regirían los acuerdos entre un transformador que compra leche y los ganaderos.

El reciente Reglamento 261/2012 “da la posibilidad a los ganaderos de negociar conjuntamente un contrato para la entrega de leche cruda sin incurrir en comportamiento contrario a la competencia si se cumplen determinadas condiciones en lo referente al volumen y siempre y cuando no se elimine la competencia”, dice el comisario.

“Si esas prácticas proceden de un acuerdo alcanzado por el transformador con otros ganaderos productores de leche, ese acuerdo debe ser evaluado con arreglo al nuevo Reglamento”, indica.

Por otro lado, si el acuerdo cumple las condiciones en lo referente al volumen, puede quedar exento de la aplicación de la legislación en materia de competencia, salvo que elimine la competencia.

En el caso de que el pacto no cumpla las condiciones en lo referente al volumen, “no se aplicará la exención y debe evaluarse con arreglo a las normas generales en materia de competencia”.

Si las prácticas del transformador no se derivan de un acuerdo con los ganaderos, deben evaluarse con arreglo a las normas generales en materia de competencia.

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