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Govern se compromete con Barcelona a saldar sus deudas en máximo de un año

Govern se compromete con Barcelona a saldar sus deudas en máximo de un año

EFE

Barcelona —

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La Generalitat se ha comprometido formalmente con el Ayuntamiento de Barcelona a que, a partir de diciembre de 2017, no podrá tener deudas con el consistorio barcelonés con una antigüedad superior a un año, de forma que la administración autonómica tendrá un año de margen para saldarlas.

El vicepresidente del Govern, Oriol Junqueras, y la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, han firmado hoy un convenio que incluye un calendario de pagos de la deuda pendiente y que marca unos objetivos de programación de todos los pagos futuros.

Este convenio se ha firmado en la misma reunión en la que se ha acordado que el Ayuntamiento de Barcelona comprará patrimonio de la Generalitat por valor de 40 millones y que esta última usará esos fondos para poner en marcha dos estaciones de la L10 Sur en 2018.

El convenio sobre la deuda que la Generalitat tiene pendiente de saldar con el Ayuntamiento de Barcelona establece que el Govern tendrá de plazo hasta junio de 2017 para abonar la deuda anterior a diciembre de 2014, que suma 22,5 millones de euros.

Fuentes del Ayuntamiento de Barcelona han precisado a Efe que, a 31 de octubre de este año, la deuda de la Generalitat con el consistorio era de 83,15 millones de euros.

En virtud del convenio firmado hoy, la Generalitat se ha comprometido a abonar en un máximo de 180 días los pagos correspondientes a obligaciones tributarias, a la tasa turística o bien a aportaciones en materia de educación y asuntos sociales.

En cuanto a la programación de pagos a los consorcios de educación, sanitario y de servicios sociales de Barcelona, el convenio determina que deberán permitir atender puntualmente tanto nóminas como las políticas a realizar en estos ámbitos en la ciudad.

En el caso de la Agencia de Salud Pública, la Generalitat se compromete a pagar los conciertos en un plazo máximo de 90 días y las aportaciones, en 120 días.

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