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Liberbank, condenado a devolver 253.000 euros de preferentes a dos ancianos ciegos

EUROPA PRESS

SANTANDER —

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santander ha condenado a Caja Cantabria-Liberbank a devolver 253.200 euros de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas que vendió a un matrimonio de ancianos de la ciudad, de 95 y 92 años, e invidentes.

De acuerdo con la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los dos ancianos, --sin estudios, con una invalidez reconocida y en “delicado” estado de salud--, habían adquirido ambos productos en diversas operaciones realizadas entre 2004 y 2008. Además, también habían tenido sus ahorros en cuentas corrientes, algún depósito a plazo fijo y Letras del Tesoro, pero que, según la jueza, Laura Cuevas Ramos, “nada tienen que ver” con las preferentes y subordinadas, ya que estos últimos son “complejos” y de “máximo riesgo”, mientras que los anteriores son “aptos para minoristas”.

Los ancianos, representados en la demanda y el juicio por sus hijos y defendidos por el abogado José Ángel Ecenarro, desconocen a día de hoy lo que ha ocurrido con su dinero, ya que fue su hija quien se enteró a través de los medios de comunicación de las características reales de los productos donde tenían sus ahorros.

Conocían al director “desde hace años”

En este sentido, la sentencia explica que las operaciones se realizaron dentro de la “relación de confianza” que mantenían con Caja Cantabria (integrada en Liberbank junto con Cajastur, Caja Extremadura y Caja Castilla-La Mancha) y “especialmente” con el director de la sucursal de Cazoña (hoy prejubilado) que “desde hace años venía asesorándoles en todas sus operaciones” y que, de acuerdo con los hijos del matrimonio, llegó al extremo de “llevarles personalmente a casa los documentos que debían firmar”.

El primer contrato se produjo en marzo de 2004 a propuesta del empleado, que aconsejó a sus clientes que depositaran los ahorros de la cuenta bancaria en un producto que Caja Cantabria “reservaba a clientes preferentes”, asegurándoles que podían retirar el dinero “en cuanto lo quisieran”, pero sin informarles de los riesgos, por lo que el matrimonio firmó “en menos de 48 horas”. Tras esta suscripción, cada vez que los ancianos disponían “de algún dinero”, el director les recomendaba invertirlo en estos productos híbridos, de modo que siguieron contratando subordinadas y preferentes hasta agosto de 2008.

“Todas las suscripciones se realizaron sin recibir la información correcta y suficiente sobre las características de los productos”, especialmente sobre “los riesgos” y la posibilidad de que “no pudiesen recuperar lo invertido”, señala la magistrada, que destaca también que la correspondiente documentación se entregó “con poca antelación” respecto a la firma del contrato. Además, apunta que “difícilmente” el director pudo dar una información “adecuada” a sus clientes “si el mismo creía que se trataba de algo similar a las Letras del Tesoro”, como declaró en el juicio.

Con todo ello, la sentencia -que ya es firme, al no haber recurrido el banco- anula los contratos de subordinadas y preferentes y obliga a Liberbank a devolver el capital total invertido (253.200 euros) más los intereses legales, mientras que los demandantes deberán por su parte restituir los rendimientos percibidos.

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