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Regulado el control del convenio sobre trabajo marítimo en los buques españoles

Regulado el control del convenio sobre trabajo marítimo en los buques españoles

EFE

Madrid —

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto que articula el procedimiento de inspección y control de los requisitos que han de cumplir los buques civiles españoles amparados bajo el convenio sobre trabajo marítimo de 2006 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El Ministerio de Empleo ha explicado en un comunicado que “velar por las condiciones de trabajo de la gente del mar” es el objetivo que persigue este real decreto, con el que se traspone la directiva europea sobre determinadas responsabilidades del Estado del pabellón en cumplimiento y control del convenio sobre el trabajo marítimo.

Ha recordado que el convenio de la OIT recoge tanto el derecho de la gente del mar a trabajar en condiciones de trabajo decente, como la responsabilidad de cada Estado de cumplir plenamente y controlar su aplicación.

En el caso de España, estas tareas son competencia de diferentes organismos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y del Ministerio de Fomento.

La vigilancia y la exigencia de las normas legales, reglamentarias y el contenido normativo de los convenios colectivos en el ámbito de las normas de ordenación del trabajo y relaciones sindicales, prevención de riesgos laborales, sistema de seguridad social y empleo corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Los programas y actividades dirigidos a potenciar la seguridad marítima, el reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen especial de los Trabajadores del Mar, la asistencia sanitaria y el control de los medios sanitarios a bordo son competencia del Instituto Social de la Marina.

La Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento es el órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española y para expedir y renovar el Certificado de trabajo marítimo y la Declaración de conformidad laboral marítima a los que se refiere el convenio.

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