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El TS da por caducado el permiso de Repsol para buscar petróleo en Canarias

El TS da por caducado el permiso de Repsol para buscar petróleo en Canarias

EFE

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Tribunal Supremo (TS) ha zanjado una de las controversias que quedaban pendientes en la polémica que desataron las prospecciones petrolíferas realizadas por Repsol a 60 kilómetros de Canarias, al dar por hecho que la compañía no podrá retomarlas, porque sus permisos han caducado.

La petrolera española solo realizó uno de los tres sondeos que tenía autorizados, tras reconocer que las trazas de hidrocarburos que había hallado en esos fondos marinos -situados entre Canarias y la costa de Marruecos- no tenían ni la calidad ni la cantidad suficiente como para que le resultara rentable explotar ese pozo.

El Gobierno ya anunció a principios de este año que los permisos de Repsol habían caducado, pero ni el Ejecutivo canario, ni los cabildos de Fuerteventura y Lanzarote, ni las organizaciones ecologistas dieron por buena esa información, porque ni había renuncia expresa por parte de Repsol a las autorizaciones, ni los datos que ellos manejaban permitían hacer tal afirmación.

Las administraciones canarias y los grupos ecologistas alegaban que la resolución que concedió los permisos decía literalmente que tenían tres años de vigencia, por lo que debían caducar en 2017.

El Supremo ha resuelto esa polémica de forma indirecta, en un recurso cuyo objetivo era dilucidar si el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acertó o no en 2014 al rechazar las medidas cautelares que el gobierno de Paulino Rivero (CC) había solicitado para intentar frenar las prospecciones petrolíferas, por su posible impacto sobre el medio ambiente y el sector turístico.

El Alto Tribunal reconoce que “no ha habido renuncia formal” de Repsol a hacer uso de esos permisos en Canarias y que, en teoría, podría parecer que estos seguirán vigentes hasta el 11 de agosto de 2017, por aplicación de sus tres años de vigencia.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso Administrativo recuerda que el valor de los permisos está directamente vinculado al cumplimiento del calendario fijado en los permisos de investigación previos, que fijaban un período de cuatro años para completar los trabajos, plazo que expiró el 21 de marzo de 2016.

“Así pues, tras el 21 de marzo de 2016 no es posible ya realizar actividad alguna en el marco de los referidos permisos de investigación 'Canarias 1 a 9' y, por lo tanto, tampoco los sondeos exploratorios pendientes, por mucho que la autorización para estos se extendiese hasta el 11 de agosto de 2017”, razona el magistrado ponente Eduardo Espín, de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

El Supremo precisa que, como esto no era el objeto del recurso, su sentencia no puede declarar formalmente que los permisos de Repsol han caducado, pero procede que analice el asunto, porque “resulta evidente que al no poder realizarse ya dichos sondeos”, el recurso del gobierno canario contra la decisión del TSJC que le denegó las medidas cautelares ha perdido ya su sentido.

El gobierno canario había mantenido este recurso contra el fallo del TSJC a pesar de la decisión de Repsol de retirarse de esos sondeos, precisamente, con el argumento de que si el Supremo no suspendía cautelarmente los permisos, cabía la posibilidad de que la compañía los retomase en cualquier momento, antes de que expirasen.

La Sala desestima su recurso sin entrar a analizar más argumentos jurídicos, porque, con los permisos ya formalmente caducados desde el 21 de marzo, considera que el litigio ha perdido su objetivo.

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