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El Tribunal de la UE vuelve a pronunciarse contra España por el caso Magefesa

EFE

Bruselas —

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El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado hoy que España incumplió su obligación de recuperar las ventajas fiscales concedidas a la empresa Indosa, filial de Magefesa, una decisión paralela a la multa de 20 millones de euros que le impuso la Corte de Luxemburgo por el mismo caso.

En una sentencia hecha pública hoy, el Tribunal da la razón a la Comisión Europea (CE), que presentó un recurso contra España por incumplir una decisión de 1999, cuando declaró ilegales las ayudas en forma de continuo impago de impuestos y contribuciones de seguridad social de ciertas empresas pertenecientes al grupo Magefesa.

El Tribunal rechazó un recurso anterior de la CE al tener en cuenta la liquidación de Indosa en 2000, pero Bruselas volvió a recurrir tras constatar que las actividades de dicha compañía continuaron bajo la forma de otras sociedades y mientras las ayudas estatales no se habían devuelto.

Tras la quiebra de Indosa, sus actividades prosiguieron en el marco de su filial Compañía de Menaje Doméstico (CMD), y después de que ésta última se declarara en concurso de acreedores, una parte de sus antiguos trabajadores crearon la empresa Euskomenaje, que continuó la actividad subvencionada en los locales de CMD y utilizó sus activos.

En su sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia declara que España ha incumplido su obligación de adoptar las medidas necesarias para recuperar las ayudas fiscales concedidas a Indosa, e insta a este país a aplicar la decisión de la Comisión.

En caso de que España no recupere dichas ayudas estatales, el Ejecutivo comunitario podría volver a llevar el caso a la Corte de Luxemburgo y solicitar la imposición de otra multa por incumplimiento, explicaron a Efe fuentes judiciales.

Esta decisión es paralela a la sentencia del Tribunal del pasado mes de diciembre, en la que condenó a España a pagar una multa de 20 millones de euros por no haber recuperado las ayudas ilegales concedidas hace más de dos décadas a Indosa, así como a una sanción diaria de 50.000 euros hasta que cumpla dicha obligación.

En ese caso, el recurso de la Comisión y la sentencia del Tribunal trataban sobre las ayudas en forma de avales crediticios, subvenciones no reintegrables y subvención de intereses, mientras que la decisión de hoy se centra en las ventajas fiscales concedidas a la misma empresa.

Al estar conectados ambos procedimientos, España podría evitar la imposición de nuevas sanciones negociando con la CE la devolución de la totalidad de las ayudas concedidas a Indosa, añadieron las mismas fuentes.

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