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Los cambios que vienen para los autónomos: nuevas tarifas, cuotas y deducciones

El Congreso aprueba la proposición de ley con medidas urgentes para los autónomos.

Ana Requena Aguilar

El Congreso de los Diputados acaba de aprobar, casi con consenso absoluto, una batería de medidas urgentes para ayudar al trabajo autónomo. La proposición de ley, que partía del grupo de Ciudadanos, se tramitará ahora en la Cámara. El acuerdo de investidura entre PP y Ciudadanos incluía una parte sobre autónomos y el apoyo del Gobierno asegura que esta iniciativa saldrá adelante en los próximos meses. Estos son sus principales puntos:

Ya no hará falta pagar la cuota mensual entera si te das de alta a final de mes. Darse de alta en el régimen de autónomos supone pagar la cuota mensual entera, independientemente del día en que se produzca esa afiliación. Si una persona se da de alta como autónoma el día 18 de noviembre tiene que pagar la cuota mensual completa y la acción protectora que implica la afiliación se extiende a todo ese mes. Eso cambiará: la afiliación y alta tendrán efecto a partir del día en que el trabajador se dé de alta como autónomo. Además, los autónomos podrán cambiar de base por la que cotizan cuatro veces al año y no dos, como hasta ahora.

Tarifa plana durante un año. Los autónomos que se den de alta podrán beneficiarse de una tarifa plana en su cotización de cincuenta euros mensuales durante el primer año. Este plazo amplía los seis meses que en su día aprobó el Gobierno de Rajoy. Habrá, además, reducciones en las cotizaciones pasados esos primeros doce meses que, en total, supondrán otro año más pagando menos cuotas a la Seguridad Social. 

Menos recargo por pagar con retraso las cuotas. Hasta ahora, si un autónomo pagaba fuera de plazo sus cuotas a la Seguridad Social tenía que afrontar un recargo en el pago del 20% (o del 35% en algunas casos). Esa cantidad, defiende Ciudadanos, suponía una “penalización excesiva”. El recargo será ahora del 3% si se abonan las cuotas en el mes siguiente, del 5% dentro del segundo mes, del 10% si se pagan con tres meses de retraso, y del 20% a partir de esa fecha.

Mejoras en las bonificaciones por maternidad. El proyecto de ley contempla que las autónomas de baja por maternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia tengan una bonificación del 100% de su cuota. Esto se extiende también a los trabajadores de baja por paternidad. Las autónomas que vuelvan a una actividad en los dos años siguientes al parto tendrán también derecho a una bonificación.

Los gastos de agua y electricidad podrán deducirse. Aunque los autónomos ya puede deducirse algunos de los gastos que tengan relación con su actividad, el criterio de Hacienda no siempre es uniforme. Este cambio deja claro que son deducibles los gastos relacionados con automóviles “parcialmente afectados a una actividad económica” y con los suministros de agua y electricidad de un profesional que no tenga local y realice el trabajo en su domicilio.

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