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Condenado a 4 años de prisión el conductor de la retroexcavadora en el accidente mortal de Castuera

La Fiscalía espera el informe de reconstrucción del accidente de Castuera

EFE

El conductor de la retroexcavadora implicado en el accidente de tráfico que en mayo de 2014 costó la vida a cinco chicos del equipo de fútbol de Monterrubio de la Serena ha sido condenado a cuatro años de prisión.

Así lo ha resuelto la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Don Benito encargada del caso, Beatriz Miranda, en un fallo en el que concreta a F.F.M. como “autor penal” de cinto delitos de homicidio por imprudencia grave en concurso con diez delitos por lesiones por imprudencia grave y un delito de lesiones por imprudencia grave.

F.F.M ha sido condenado, igualmente, a seis años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, con imposición de las costas, incluidas de la acusación particular y actor civil.

Sin embargo, el único acusado durante el proceso judicial ha quedado absuelto por el delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción bajo la influencia drogas.

La culpa, de la máquina agrícola

la juez Miranda ha determinado que, a pesar de que el autobús circulaba a 84km/h, por encima del límite permitido, si la máquina no hubiera realizado el giro, habría culminado su adelantamiento y se habría incorporado al carril por el que circulaba inicialmente, sin producirse el accidente.

En concepto de responsabilidad civil ha condenado a F.F.M. a que abone, de forma “conjunta y solidaria”, con M.J.R.G. y B.R.G., como responsables civiles subsidiarios y propietarios de la retroexcavadora y la compañía aseguradora de la máquina, a pagar 626.605 euros a los representantes legales de los cinco jóvenes fallecidos.

Además, deberá abonar 118.186 euros a los supervivientes del siniestro, además de a la empresa propietaria del microbús implicado, por las lesiones sufridas, daños morales y perjuicios económicos derivados del accidente.

Estas cantidades devengarán, según la jueza, el interés legal desde la fecha de la presente resolución para el acusado y responsables civiles y para la aseguradora de la retroexcavadora.

Unas indemnizaciones de las que se detraerán las cantidades efectivamente abonadas a fecha de hoy. La jueza ha declarado las costas de oficio.

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