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La decisión del juez sobre las actas del Canal abre un nuevo frente entre Cifuentes y la oposición

La decisión del juez sobre las actas del Canal abre un nuevo frente entre Cifuentes y la oposición.

Sofía Pérez Mendoza / Marcos Pinheiro

Cifuentes se salva por el momento de sentarse en la comisión que investiga la corrupción a dar explicaciones sobre el caso Lezo. Estaba citada este viernes, pero la oposición ha decidido aplazar la cita. Apenas 16 horas antes, los diputados conocían un nuevo pronunciamiento judicial sobre la entrega de documentación del Canal relacionada con la operación que ha vuelto a enzarzar al Ejecutivo con la oposición.

El Gobierno ha tomado el auto, que resuelve que el Poder Judicial no puede hacer entrega de documentos que están dentro de un proceso en fase de instrucción, como una victoria que avala su posición de no facilitar las actas a la oposición con el argumento de que un juez tenía que pronunciarse sobre ello. La presidenta ha dicho este jueves que la “verdad gana” mientras la “mentira del tripartito” de la oposición “pierde”. El consejero de Presidencia y portavoz del Ejecutivo, Ángel Garrido, ha dado un paso más y les ha exigido que “pidan perdón” por acusar al PP de querer ocultar la información.

El Ejecutivo intenta sobreponerse así del episodio de la providencia desaparecida, una resolución judicial desvelada por eldiario.es que “traspapeló”, según su versión, durante seis meses y le daba vía libre para entregar la documentación a la oposición. El pronunciamiento venía del mismo juzgado pero estaba firmado por otro magistrado, el juez Andreu, sustituto del Manuel García Castellón en periodo vacacional.

Con este segundo, que es una respuesta a una segunda consulta hecha por el Gobierno cuando el primer juez ya había respondido, el Ejecutivo da por inválida la resolución firmada por Andreu. “Traspapelar” su contenido le ha costado críticas de la oposición y varias peticiones para que Cifuentes explique en la comisión de corrupción cómo pudo despistarla durante tanto tiempo.

La primera, de PSOE y Podemos, fue tumbada por el PP y Ciudadanos. La presidenta dijo incluso que era “ilegal”, algo que desmienten los servicios jurídicos. Luego hubo un segundo intento de comparecencia más genérica sin este objeto concreto. El PP intentó maniobrar para que no se produjera apareciendo de nuevo en la comisión que habían abandonado. Al final, la citación, que era para este viernes, se ha retrasado por acuerdo de la oposición y vistos los nuevos acontecimientos.

En todo caso, parte de los documentos del Canal de Isabel II que están en el centro de la polémica ya están en manos de la oposición. Los empezó a entregar cuando se hizo pública la providencia de agosto, pero faltan algunos que no han dado agarrándose a diversos argumentos, como que no tienen copia o que hay que pedir permiso a terceros porque son documentos privados.

Ahora, el Ejecutivo dice que los diputados tendrán que devolverlos todos, pese a que los partidos aseguran que no han recibido ninguna notificación oficial que diga tal cosa. La oposición se muestra escéptica con el contenido del auto y, por eso, han decidido aplazar la citación de la presidenta en la comisión. Quieren ganar tiempo para “valorar” el pronunciamiento judicial y “tener toda la información”. Podemos y PSOE sopesan recurrirlo porque no lo leen de una forma tan unívoca como el Gobierno.

Además, la oposición maneja un par de sentencias que han fallado a favor de que la administración facilite este tipo de información, aunque esté bajo secreto de sumario. La primera es del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que se ocupó de resolver un caso similar en el que los diputados de la Corts intentaban hacerse con unos contratos de la Conselleria de Economía, investigados por otro juzgado.

La sentencia dio la razón a los diputados porque estimó que el secreto de sumario afecta a “documentos que forman parte del propio sumario y sólo de él”, y en ningún caso puede aplicarse sobre documentación que ya existía antes de iniciar la investigación y cuya “naturaleza pública es previa”. El fallo recuerda que el ordenamiento jurídico reconoce expresamente la facultad de estos diputados de “recabar los datos, informes y documentos administrativos”.

El sumario no es “obstáculo”

El Supremo se pronunció en términos parecidos en una sentencia de 2013 que resolvió el recurso de esta misma causa. Según el alto tribunal, el secreto de sumario “no es razón que justifique la negativa a facilitar datos de unos contratos administrativos que nada dicen del proceso penal pues son previos a él y, ciertamente, no tienen por sí mismos carácter secreto, sino todo lo contrario”.

Además, el fallo, lleno de reprimendas a la Generalitat Valenciana, añadía también que la existencia de un proceso penal no es “obstáculo para que las asambleas legislativas controlen la acción del Gobierno”. Por el contrario, señala que privar a la oposición de los documentos a los que por ley tienen acceso “menoscaba su labor de control que se extiende, sin duda, a la forma en que el Gobierno dirige la acción de la Administración dependiente de él”.

El auto del juez García Castellón, de hecho, recuerda algunas normas autonómicas que habilitan a los parlamentarios a recabar información de la administración. Cita tres artículos del Reglamento de la Asamblea de Madrid que permiten a los diputados “solicitar del Consejo de Gobierno los datos, informes o documentos que obren en poder de este como consecuencia de actuaciones administrativas realizadas por la Administración Pública”.

El juez del caso Lezo concluye que el análisis de esa normativa “evidencia claramente” que los diputados están facultados para recabar información “del Gobierno y de la Administración”. Eso sí, señala que “en ningún momento se les faculta para recabar información o documentación al Poder Judicial”. A partir de ahí desarrolla el juez su argumentación sobre qué protege el secreto de sumario, y cita documentos como intervenciones telefónicas o actas de entrada y registro en domicilios de investigados.

Respuesta a una consulta de la Comunidad de Madrid

El auto del juez es una respuesta a una carta enviada por el consejero de Presidencia y Justicia, Ángel Garrido, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En ella se adjuntan los argumentos que reflejó la Abogacía de la Comunidad de Madrid en un escrito, en el que se analiza la figura del secreto de sumario pero no se abunda en el derecho de los parlamentarios a acceder a la información, regulado por el Reglamento de la Asamblea.

Tanto el informe de la Abogacía como la consulta de Garrido se produjeron cuando el juez Fernando Andreu ya había decretado que no había razones para no entregar a la oposición esa documentación. Según explicó la Comunidad de Madrid, no tuvieron constancia de esa providencia, que no pasó del despacho de un alto cargo que fue cesado.

La consulta que hizo Garrido siguió el mismo cauce que la planteada por el Congreso, que acoge la comisión que investiga la financiación del PP. Sin embargo, el trámite de la Cámara Baja era obligado: sus diputados habían pedido información directamente a los tribunales. En concreto, informes policiales que solo son accesibles para las partes personadas. En esta ocasión, los parlamentarios autonómicos solo buscaban recabar información de la administración.

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