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Confirmada la condena de 4 años al conductor ebrio y drogado que provocó la muerte de dos personas

EUROPA PRESS

SANTANDER —

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena a cuatro años de prisión para un conductor ebrio y drogado que causó la muerte de los dos ocupantes del coche con el que colisionó frontalmente, un matrimonio de 72 años el hombre y 70 años la mujer. El hombre adelantaba a más de 100km/h en una vía en la que estaba prohibido realizar adelantamientos y la velocidad limitada a 50.

El Juzgado de lo Penal nº2 le consideró autor de dos delitos de homicidio imprudente en concurso con otro delito de conducción temeraria. Ahora, la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación del condenado contra la sentencia del Juzgado, dictada en el mes de diciembre pasado.

En sus alegaciones, el conductor ebrio aseguraba haber sufrido un ataque epiléptico y solicitaba que además se le reconociera la atenuante de arrepentimiento. Sin embargo, el tribunal entiende que “no existe ningún elemento” que permita afirmar que el hombre sufrió el citado ataque epiléptico, y recuerda que él mismo se lo negó a la médico forense.

“Lo que está acreditado es que había existido una importante ingesta etílica y consumo de cannabis, que invadió el carril contrario de circulación en un tramo con línea continua y que circulaba a una velocidad muy superior a la permitida”, señala la Audiencia en una sentencia recogida por Europa Press.

Sobre la atenuante de arrepentimiento, el tribunal considera que no concurre porque “no se trata de que exista un pesar o contrición interna por lo sucedido, sino de que se exteriorice a través de actos eficaces y demostrativos de su cooperación”. “En el presente caso, nada de ello ha sucedido”, añade.

PRIVADO DEFINITIVAMENTE DEL PERMISO DE CONDUCIR

Además de la pena de prisión, el hombre pierde definitivamente el permiso de conducir, y no podrá sacarlo de nuevo en un plazo de cinco años. Los hechos tuvieron lugar en la localidad de Valle de Villaverde en agosto de 2013, cuando el hoy condenado estaba realizando un adelantamiento y colisionó frontalmente con un vehículo en el que viajaba un matrimonio.

Según relata la sentencia del juez de instancia, el conductor no observó, “ni en lo más mínimo, las normas y prevenciones de cuidado de un conductor medio”, ni tampoco la señalización vertical y horizontal de prohibición de adelantamiento, ni la del límite de velocidad a 50 km/h, pues según reconoció el acusado circulaba a más de cien.

Además, conducía “bajo los efectos de una ingesta alcohólica precedente, por lo que tenía mermadas sus facultades psicofísicas con la consiguiente lentitud de reflejos y reducción del campo visual que limitaban gravemente en el acusado su aptitud para el manejo de vehículos a motor”.

Tras el choque, el condenado fue evacuado al Hospital de Valdecilla para curarle de las heridas que le produjo la colisión, y allí se le detectó que tenía 0,93 gramos de alcohol por litro de sangre. Una analítica posterior realizada por el Instituto Nacional de Toxicología advirtió además la presencia de otras sustancias, como ketamina, lidocaína o MHD.

Las dos hijas de los fallecidos ya han recibido de la aseguradora 150.000 euros en concepto de indemnización, si bien el juez condena al conductor temerario y a su aseguradora a que les abonen 3.345 euros más a cada una de ellas.

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