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El Supremo exime de un delito de desobediencia al senador socialista Miguel Ángel González Vega

Miguel Ángel González Vega durante un mitin electoral del PSOE de Cantabria.

Laro García

El senador socialista Miguel Ángel González Vega podrá afrontar la próxima campaña de las elecciones generales con el panorama despejado. A unos días de que arranque toda la maquinaria para decidir quién será el inquilino de La Moncloa durante cuatro años, el veterano político cántabro evita un trance judicial nada agradable, y es que el Tribunal Supremo ha decidido archivar las actuaciones abiertas contra él por un posible delito de desobediencia por el incumplimiento de una orden judicial de derribo parcial de un hotel cuando era alcalde de Val de San Vicente.

La Sala de lo Penal del Supremo, después de examinar la exposición razonada y la documentación aportada, ha afirmado en un auto hecho público este viernes que del relato de los hechos recogidos se desprende “claramente” la inexistencia del citado delito imputado al cabeza de lista al Senado en Cantabria, unas acusaciones que habían llegado hasta el Alto Tribunal por la condición de aforado del senador socialista, que fue alcalde de Val de San Vicente durante 25 años y también presidente del PSC-PSOE.

Y es que el Juzgado de Instrucción número 1 de San Vicente de la Barquera remitió el pasado mes de julio una exposición razonada al Supremo, dando cuenta de los indicios de delito existentes contra González Vega por la conducta “renuente” del Ayuntamiento, que él dirigía hasta su elección como senador, a cumplir una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria del año 1997 que ordenaba la demolición de lo indebidamente construido en un hotel en la localidad de Pechón.

Sin embargo, el Tribunal Supremo reconoce que entre 2004 y 2009 desde el Ayuntamiento de Val de San Vicente, que presidía González Vega, “se efectuaron todas las actuaciones necesarias que permitieron cumplir la orden del Tribunal Contencioso Administrativo”. Además, añade que desde el Consistorio se contestaron “todos los requerimientos efectuados” y se pusieron de manifiesto “las incidencias relativas a la demolición”. En este sentido, el texto resalta que de las vicisitudes que se reseñan en esta causa no se deriva “resistencia alguna a los mandatos judiciales”.

En el auto, fechado el 29 de septiembre pasado y difundido este viernes, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo declara su competencia para ver este asunto, dada la condición de aforado de González Vega, que repite como candidato del PSOE a senador por Cantabria, y ordena el archivo de las diligencias por no ser los hechos constitutivos de delito.

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