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Absueltos porque la incautación de 270 fardos de cocaína se hizo sin autorización en el camarote de un velero

Intervención de un alijo de cocaína en un yate. | Imagen de archivo.

elDiario.es Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a seis personas acusadas de pertenecer a un grupo criminal dedicado al tráfico de estupefacientes y que en agosto de 2013 se encontraban en Portimao (Portugal), donde la policía lusa se incautó de 260 fardos de cocaína alojados en el interior del camarote de un velero.

En una sentencia que ha sido notificada recientemente, el tribunal anula la diligencia de entrada y registro en la embarcación, dado que el mandato que los agentes tenían excluía la entrada en las zonas utilizadas como domicilio y la incautación de la droga se realizó precisamente en el interior de un camarote.

Según relata la resolución, “dicho registro fue practicado por los agentes sin contar con la correspondiente autorización judicial, excediéndose respecto al mandato o autorización que les había sido concedido”.

Por tanto, “la imposibilidad de valorar la incautación efectuada”, junto con la “ausencia de sustancias estupefacientes en los registros domiciliarios practicados en España y la ausencia de otras pruebas concluyentes de dicha actividad”, llevan al tribunal a dictar una sentencia absolutoria.

OPERACIÓN INICIADA EN CANTABRIA

La operación contra los ahora absueltos fue iniciada en Cantabria por la Guardia Civil, que tuvo conocimiento de la existencia de una o varias personas que se venían dedicando a la compra de sustancias que habitualmente sirven para adulterar cocaína.

Ante estas sospechas, los agentes obtuvieron autorización judicial para intervenir las comunicaciones de ciertos números de teléfono que facilitaban a las empresas de mensajería que transportaban dichas sustancias.

El seguimiento de esas comunicaciones les llevó a conocer que dos de los acusados esperaban la llegada de un velero con sustancias estupefacientes en su interior y que probablemente arribaría en costas portuguesas.

Fue entonces cuando los agentes españoles se ponen en contacto con los portugueses para ofrecerles tal información así como la descripción de esos dos acusados, que estaban siendo investigados en España y que se dirigían en sendos vehículos hacia Portimao para recibir al velero.

El 2 de agosto de 2013, cuando llegaron a la citada localidad los dos acusados, en la costa se encontraba fondeando un velero, del que salieron otras dos personas -también acusadas- a bordo de una embarcación auxiliar que llegó hasta la playa.

Una vez en el arenal, las cuatro personas entraron en contacto, momento en que fueron detenidas. Acto seguido la policía portuaria procedió al abordaje del velero, donde encontró a otro hombre, también acusado.

Tras practicarse una primera inspección por parte de la policía portuaria y desplazar el barco hasta el puerto, los agentes de la policía judicial portuguesa procedieron al registro de la embarcación.

Fue en tal actuación cuando se encontraron, alojados en el interior del camarote de proa que servía de alojamiento y dormitorio, un total de 260 fardos o paquetes de cocaína.

Anulada tal diligencia y ante la inexistencia de otras pruebas concluyentes, la Audiencia de Cantabria absuelve a los acusados de los delitos contra la salud pública y de pertenencia a grupo criminal de los que venían siendo acusados.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación.

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