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Absuelven a un hombre condenado a dos años por robar cubertería a la abuela de su exnovia

EUROPA PRESS

SANTANDER —

Así consta en un fallo de la Sección Tercera de la AP, que ha estimado el recurso interpuesto por el primer denunciado, pero que ha desestimado las apelaciones del segundo y tercer procesado, para los que se mantiene la condena impuesta en su día por el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander.

De acuerdo con la sentencia de este último órgano judicial, en marzo de 2012 el primer sospechoso accedió al piso de la víctima, ubicado en la capital cántabra, utilizando para ello una copia de las llaves que en ocasiones le guardaba a la había sido su novia, y nieta de la propietaria.

Así, fue acusado de sustraer, con el ánimo de obtener un beneficio económico ilícito, un total de 115 piezas de cubertería de plata, valoradas por los peritos en 9.500 euros.

Posteriormente, en el mes de abril, uno de los otros dos acusados recibió parte de la cubertería sustraída, y vendió 55 piezas en dos días diferentes, en un establecimiento de compra-venta de oro y plata de la ciudad, percibiendo 532 y 122 euros, esto es, 654 euros en total.

El tercer acusado también recibió parte de la cubertería obtenida de forma ilícita y con el mismo ánimo que de obtener un beneficio económico vendió 60 piezas en otro establecimiento de la cadena del anterior percibiendo 225 euros.

Los tres hombres presentaron recursos de apelación, que ha sido aceptado en el caso del primero por parte de la Audiencia, que ha modificado los hechos considerando probado que el acceso al piso tuvo lugar entre finales de marzo y mediados de abril, cuando entraron una o varias personas cuya identidad se desconoce, usando una copia de las llaves que tenía la nieta.

El autor o autores se llevaron las 115 piezas de la cubertería de plazas sin que haya quedado acreditado que el primer acusado fuera la persona que ejecutó este robo, por el que se le habían impuesto dos años y tres meses y una indemnización de 9.500 euros a la afectada. Sin embargo, se mantiene para los otros dos acusados las penas de seis meses de prisión por sendos delitos de receptación.

En su recurso, el primer implicado alegaba que no se había practicado prueba alguna que acreditara que él era la persona que había entrado a robar la cubertería en el domicilio, ni de que él conociera que su novia tenía llaves del piso o que pudiera saber si éste estaba vacío o la abuela estaba de vacaciones. Y esgrimía además que no había “testigos, ni huellas ni prueba alguna” de que él hubiera estado en el domicilio.

Alegó igualmente que tampoco se ha probado que él fuera la persona que entregó a los otros dos acusados las piezas de la cubertería para su venta, e incidió en que uno de estos dos últimos era novio de la chica cuando sucedieron los hechos (ellos habría roto en enero en enero). Recalcó además que él tenía una orden de alejamiento sobre ella que le impedía conocer la presencia o ausencia de su abuela en el piso, no pudiendo por tanto acceder en esas fechas a las llaves del piso.

La sentencia de la Audiencia pone de manifiesto, además, que si bien este hombre reconoció haber entrado en el domicilio con una copia de la llave, para apoderarse de la cubertería de plata y repartirse el dinero de la venta con los otros dos acusados en base a un acuerdo entre los tres, dicha declaración no fue ratificada judicialmente, ni como investigado ante el juez instructor ni en el acto del plenario, donde negó rotundamente los hechos, por lo que carece de todo valor probatorio.

El fallo de la AP también pone de manifiesto las contradicciones en la versión ofrecida por uno de los otros dos acusados, que primero acusó como autor del robo al primer novio de la chica y después al segundo.

Por todo lo anterior, la Audiencia estima íntegramente el recurso del primer acusado, al que absuelve, pero rechaza los de los otros dos, ratificando las condenas del juzgado de lo penal.

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